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Es reglamentaria de los artículos 75 y 127 constitucionales

Aprueba el Senado legislación secundaria sobre salarios máximos

Pretende evitar que funcionarios públicos obtengan ingresos desorbitados

 
Periódico La Jornada
Miércoles 9 de noviembre de 2011, p. 17

El Senado aprobó ayer la legislación secundaria que permitirá poner en práctica el ordenamiento constitucional que establece topes a los salarios máximos de los servidores públicos, a fin de evitar que funcionarios de los tres poderes de la Unión y de los tres niveles de gobierno obtengan remuneraciones millonarias.

La Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 constitucionales, establece que ningún funcionario podrá ganar más que el Presidente de la República y todos en la administración pública deberán regirse por manuales y tabuladores apegados estrictamente a lo que establece la nueva normatividad.

La legislación fue aprobada en lo general por 95 votos a favor y ninguno en contra, dos años después de que se votó la reforma constitucional en la materia. Obliga a todas las dependencias gubernamentales y a los organismos autónomos y descentralizados a no conceder jubilaciones, pensiones o haberes de retiro sin que éstos se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo.

Se prohíbe incluso conceder o cubrir liquidaciones o compensación alguna a favor de los servidores públicos de elección popular al término de su mandato.

Cuando se promulgue la ley –que debe pasar aún por la Cámara de Diputados– el Congreso deberá legislar sobre las pensiones de los ex presidentes de la República, ya que las actuales se rigen por un acuerdo presidencial.

En tribuna, el senador del PRD Pablo Gómez, autor de la reforma constitucional, explicó que parte central de la nueva política de remuneraciones del sector público, que se inserta en esa legislación secundaria, es que el ingreso se integra no sólo del sueldo nominal, sino de los demás ingresos que el servidor perciba, ya sea en moneda o en especie.

De tal manera que todas las instancias de la Federación, incluyendo universidades públicas, no obstante que son autónomas, deben obedecer la Constitución e integrar por concepto los tabuladores de la totalidad de las remuneraciones de los servidores públicos.

La legislación, agregó, considera transgresión a la ley el recibir una remuneración superior a la prevista. Incluye sanciones tanto administrativas como penales, que van de la destitución a la inhabilitación de entre cuatro y 14 años y prisión hasta por cinco años, para los funcionarios que abusen de su poder y establezcan para sí o para otros remuneraciones, jubilaciones o pensiones por encima de lo que marca la nueva ley.

El senador Gómez aclaró que las sanciones son para mandos medios y superiores, no trabajadores de base, quienes no tendrán responsabilidad alguna si por error les pagan más, y no estarán obligados, como los funcionarios, a reportar la demasía.

El perredista recalcó que se hicieron cambios de última hora al dictamen, algunas promovidas por la Secretaría de la Función Pública, a fin de establecer los principios rectores de las remuneraciones, que serán de utilidad para los órganos de control y fiscalización. Uno de ellos fue para establecer la compatibilidad de empleos, en el caso de que se tenga más de uno.

Igualmente, se estableció que sólo podrán darse préstamos y anticipos de las remuneraciones cuando haya una ley o decreto al respecto.

A propuesta del senador del PRD Tomás Torres, se modificó el artículo sexto de la ley, referido a que: En ningún caso se cubre una remuneración con efecto retroactivo a la fecha de su autorización. Se le agregó, salvo por resolución jurisdiccional.

El coordinador del PT, Ricardo Monreal, resaltó que sería contraproducente no aprobar esa ley, que va contra el sistema de privilegios y las redes de corrupción que todavía persisten en el aparato burocrático mexicano, pero expuso que teme que se congele en la Cámara de Diputados por la disparidad de criterios en la colegisladora.