on motivo de un foro organizado por el Senado, nuevamente se puso a discusión el tema del arraigo; quienes lo critican y proponen su desaparición de la Constitución y leyes de procedimientos penales argüyen, con razón, que es violatorio de derechos humanos y contrario a tratados internacionales suscritos por México. Quienes lo defienden, precisamente senadores que podrían iniciar el proceso de derogación, lo ven como un mal necesario que en el futuro desaparecerá, por ahora no, porque se necesita para la guerra
contra el narco.
Los derechos humanos aparecen en la historia moderna como un límite o barrera a los abusos y excesos del poder. La toma de La Bastilla, una cárcel, es signo de que los franceses derrocaron la monarquía, entre otras causas, por las detenciones y encarcelamientos arbitrarios. Desde la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU a la fecha han aparecido nuevos derechos no contemplados inicialmente, pero también restricciones y recortes a los reconocidos como fundamentales.
El senador Alejandro González Alcocer explica por qué no se suprime el arraigo; dijo: ¿Ya estamos en un sistema garantista en México?, la respuesta es no y esto va a tardar todavía
, lo cual significa que el panista, presidente de la Comisión de Justicia del Senado, piensa que nuestro sistema penal no es garantista y por ello, entre tanto, hay que tolerar la violación al principio recientemente incorporado en forma expresa a la Constitución de la presunción de inocencia.
El argumento del senador, en Lógica, se conoce como petición de principios; con ese razonamiento tendríamos que justificar otras violaciones a derechos humanos, que en la práctica ya están sucediendo, como la tortura, el allanamiento de domicilio, las detenciones arbitrarias y hasta las desapariciones forzadas, ya que los derechos vulnerados tendrían que esperar a que lleguemos a ser un estado garantista, para su plena vigencia.
La petición de principios es evidente; según esta argumentación, no podemos suprimir una institución violatoria de derechos, porque en el Estado mexicano no tenemos un procedimiento que asegure las garantías procesales y no hay un procedimiento garantista, precisamente porque están en vigor disposiciones como las del arraigo y otras.
En lo que tiene razón González Alcocer es en que a la larga se tendrá que suprimir el arraigo de nuestras leyes, no la tiene en que debamos esperar sentados para que se produzca el cambio mediante algún procedimiento inesperado y en el que los legisladores no intervengan. Es como decir que no hay justicia porque hay injusticias y si queremos que impere la justicia, tenemos que esperar a que desaparezcan las injusticias.
En el Distrito Federal no se ha abusado de los arraigos, como lo hace la autoridad federal, que cuenta con verdaderas cárceles o especie de casa de seguridad ex profeso para los arraigos que practica, que si nos atenemos a los titulares de los periódicos, son prácticamente de todos los detenidos.
La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que tanto se enorgullece de una legislación de avanzada en otras materias, en ésta se encuentra en la Edad Media, pero nunca es tarde para corregir errores. Es un buen momento para escuchar a expertos, académicos, ciudadanos organizados y en especial al alto comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y dar ejemplo derogando el lamentable artículo 270 bis del Código de Procedimientos Penales que, a más de violatorio de garantías individuales, como lo han resuelto tribunales federales, es impreciso, mal redactado y contradictorio.
No estaría mal que asesores de la Asamblea y los mismos legisladores consulten la obra del jurista Raúl F. Cárdenas Rioseco, La presunción de inocencia, para enriquecer los argumentos para la reforma que suprima el arraigo.