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Los principales beneficiados serán Marcelo Ebrard Casaubon y Enrique Peña Nieto

El TEPJF propicia el activismo político de funcionarios públicos rumbo a 2012
 
Periódico La Jornada
Lunes 20 de diciembre de 2010, p. 19

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) permite y hasta propicia el activismo de funcionarios públicos mediante la emisión de nuevos criterios.

Las nuevas disposiciones adoptadas por los magistrados del TEPJF en semanas pasadas se relacionan por un lado, con los alcances de la participación de funcionarios públicos en actos proselitistas en días inhábiles, así como sobre la creación de fundaciones u otras organizaciones para realizar trabajo político, sin que sea considerado esto como acto anticipado de campaña.

Aunque formalmente se trataron de dos casos aislados, el del actual candidato perredista a gobernador de Baja California Sur y el del alcalde de Morelia, en los hechos, el sentido de las resoluciones impactará en las acciones de quienes aspiran a las candidaturas presidenciales.

La modificación de criterios cambia el escenario para 2011 en cuanto a la participación de funcionarios públicos en actos proselitistas –en especial podría impactar en las campañas del estado de México y en la carrera presidencial–, pues la nueva orientación revoca el hecho de que los funcionarios públicos puedan participar abiertamente en mítines proselitistas del partido de su preferencia.

Bajo esta nueva lógica, gobernadores como el mexiquense, Enrique Peña Nieto, o el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard Casaubon, podrán participar abiertamente en los actos de proselitismo y, a diferencia del criterio anterior en el que sólo podían hacer acto de presencia, ahora podrán hablar abiertamente a favor de su partido.

A propósito de una queja interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra del alcalde priísta de Morelia, Fausto Vallejo Figueroa, el TEPJF revocó una sanción que se le había impuesto por participar en un mitin de proselitismo y hablar a favor de su partido.

Es excesiva la limitación que se pretende y que no es necesaria en una sociedad democrática al exigir que la asistencia de un servidor público a un acto de campaña electoral de un candidato del partido político en el que aquel milite, celebrado en día inhábil, se circunscriba a una mera concurrencia testimonial, pasiva o no activa, dice la resolución.

El TEPJF refiere que a más de dos años de que se impusiera el anterior criterio ahora se arriba a una conclusión distinta que no trastocan –a decir de los magistrados– las limitaciones que están expresamente previstas en la legislación. Este nuevo esquema opera siempre y cuando no existan recursos públicos involucrados en la participación del funcionario, y se realicen dentro de los días inhábiles que no afectan su desempeño.