Las penas serán definitivas y sin atenuante para libertad preparatoria
El delito será perseguido de oficio por las autoridades y no es prescriptible
Miércoles 1º de diciembre de 2010, p. 13
Con la expedición de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, las penas inconmutables para quienes cometan este delito con violencia serán de entre 25 a 45 años de prisión y, en los casos en los que la víctima pierda la vida, se incrementarán a 40 y 70 años, destacó el presidente Felipe Calderón. “La bestialidad, la cobardía con la que actúan estos delincuentes no debe ser tolerada. Por eso es urgente poner un alto a quienes han hecho del secuestro, un modus vivendi”.
En un mensaje dado en ocasión de haberse publicado en el Diario Oficial de la Federación –que fue aprobada, en definitiva, en octubre pasado–, Calderón destacó la importancia del endurecimiento de las penas para inhibir la conducta. Subrayó que las penas aplicables serán definitivas y no habrá atenuantes de libertad preparatoria, de conmutación de la condena o alguna otra fórmula para reducir las penas a los secuestradores.
El mandatario dijo que el secuestro es uno de los delitos que más indignan y lastiman a la sociedad, porque no sólo se trata de una privación ilegal de la libertad, sino que es un dramático episodio en las víctimas que les deja secuelas de dolor permanentes, no sólo entre quienes padecieron el secuestro, sino también en su entorno familiar.
Aseguró que quienes cometen estos delitos son criminales sin escrúpulos a quienes no les importa mantener a sus víctimas en condiciones humillantes, con altos niveles de angustia o incluso quitarles la vida con tal de obtener dinero.
Conforme a la ley que entrará en vigor en 90 días la pena de 25 a 45 años será aplicable cuando el secuestro se cometa bajo estos supuestos: lo cometan dos o más personas, se realice en un lugar solitario o camino público, se realice con violencia o se allane el domicilio de la víctima, que ésta sea menor de 18 años, mayor de 60 o mujer.
La sanción alcanzará de 25 hasta 50 años cuando estén involucrados miembros de corporaciones policiacas y del Ejército o se ostenten como tales, que se cometan lesiones contra la víctima previstos en el Código Penal, cuando se torture a la persona secuestrada, se incurra en violencia sexual o el secuestrado muera como consecuencia del cautiverio.
Cuando los secuestradores asesinen a la víctima, la sanción alcanzará entre 40 y 70 años y como en todos los casos, no habrá conmutación de la pena en cualquier modalidad del secuestro.
La legislación solo exceptúa cuando la víctima sea liberada dentro de los 3 primeros días del secuestro de manera voluntaria y sin haberse concertado ninguno de los objetivos del mismo, los delincuentes tendrán penas de entre dos y seis años. Cuando se simule el secuestro, la sanción será de dos a ocho años.
Acompañado del procurador general de la República, Arturo Chávez, y del secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, desglosó los alcances de la ley. Calderón indicó que a partir de ahora, el delito de secuestro no prescribirá y será sancionable sin importar la fecha en que haya sido cometido.
La nueva legislación permitirá una mayor coordinación entre los niveles de gobierno, al tiempo que define con claridad los casos de secuestro que serán de competencia federal y aquellos cuya persecución y castigo correspondan al ámbito local. Se informó que no será necesario que los afectados presenten una denuncia para que las autoridades investiguen el ilícito.
Calderón refirió que la ley prevé un marco legal para la conformación de las unidades antisecuestro en los tres niveles de gobierno, la cual forma parte de los compromisos del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad. Esto implicará que existan funcionarios especializados en las procuradurías estatales para atender todas las denuncias relacionadas con los secuestros.
Otro cambio en la legislación es el fondo de apoyo a las víctimas del secuestro, lo que permitirá brindarles atención sicológica y médica. Se incorporan en la legislación garantías a víctimas y testigos para comparecer en los juicios, como es el caso de careos por medios electrónicos.
Como parte de los esquemas de reparación del daño que estarán vigentes en 90 días, se prevé que a las víctimas pueda financiarse incluso con el embargo de los bienes del secuestrador.
El Presidente insistió en que, al igual que otras expresiones de la delincuencia organizada, el secuestro creció por la inacción, la irresponsabilidad y la pasividad
de quienes deberían haberlo combatido. El país fue quedándose poco a poco sin instituciones de seguridad y justicia confiables y eficaces para combatir éste y otros delitos
.
Dijo que su gobierno mantendrá su empeño en combatir al crimen organizado porque la violencia no se terminará ni se reducirá si el Estado se retrae, si las autoridades cierran los ojos a esta realidad
. Concluyó que en delitos como el secuestro o la extorsión se mantendrá una lucha sin tregua y sin cuartel
.