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El instituto debió individualizar multas por no transmitir espots

Ratifica el tribunal electoral multa a Televisión Azteca y regaña al IFE
 
Periódico La Jornada
Miércoles 10 de noviembre de 2010, p. 14

Por tercera ocasión, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) enmendó la plana al Instituto Federal Electoral (IFE) en relación con la multa que impuso a Televisión Azteca por no transmitir más de 20 mil espots durante los pasados comicios realizados en Chihuahua, Durango, Puebla, Yucatán y Zacatecas.

Por unanimidad, los magistrados consideraron que si bien la televisora inclumplió la ley y debe pagar las sanciones, el IFE no individualizó las multas correspondientes a cada uno de los casos, por lo que incumplió su deber de fundamentar sus decisiones.

El tribunal ordenó al instituto emitir las nuevas multas conforme a estos lineamientos.

Al resolver la queja presentada por la televisora, el magistrado Pedro Esteban Penagos dijo que el asunto va a servir de guía porque la autoridad, independientemente de sus facultades para imponer la sanción, no debe hacerlo arbitrariamente, sino apegada a derecho.

Agregó que no se pueden imponer castigos a las televisoras de alcance local sin valorar debidamente la cobertura de cada una. No es lo mismo una señal con cobertura limitada en el Distrito Federal, que tiene más de 10 millones de habitantes, que una de cobertura amplia en el desierto de Sonora. Por ello, el deber de la autoridad es explicar en sus resoluciones los razonamientos, las circunstancias especiales y las causas inmediatas que haya tenido en consideración para imponer el monto del castigo. Debe haber correlación, adecuación entre la sanción impuesta y el motivo por el cual se impone, subrayó.

Coincidió con sus compañeros en que el IFE se limitó a considerar las multas tomando en consideración el total de personas que integran las listas nominales que dejaron de recibir los mensajes, pero omitió valorar las diferencias sustanciales de la cobertura territorial de la televisión, ya que impuso castigos casi similares, olvidando la cobertura de las diferentes señales.

La presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanís, resumió que la falta de la televisora está acreditada y firme, pero el ir y venir de estos asuntos, porque es la tercera ocasión que estamos resolviendo impugnaciones vinculadas con la misma falta e imposición de sanciones a Televisión Azteca, se concentra en la individualización de la sanción, por lo que ordenamos al IFE explicar por qué puede haber multas muy similares con cobertura distinta, pero tiene que haber otros elementos para que los consejeros electorales expliquen esa, a simple vista, desproporcionalidad que alega el quejoso, concluyó.