Jueves 22 de julio de 2010, p. 3
El tope máximo en las pensiones de alrededor de 17 mil pesos mensuales –equivalente a 10 veces el salario mínimo– para los trabajadores que se rigen por la Ley del IMSS de 1973, fijado por los cinco ministros de la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), equivale a día y medio de lo que recibirán los integrantes del máximo tribunal cuando pasen a retiro.
De acuerdo con información oficial, el sueldo mensual de los ministros es de 323 mil 685 pesos mensuales, que equivalen a un salario diario de 10 mil 789 pesos. Es decir, que un trabajador pensionado, conforme a lo decidido por la Corte, obtendrá después de 28 años de trabajo una jubilación mensual similar a lo que recibirá un ministro en menos de dos jornadas, después de 15 años en el cargo.
Los cinco ministros que resolvieron la contradicción de tesis 143/2010 y fijaron los nuevos montos de las pensiones recibirán al pasar a retiro ciento por ciento de su sueldo mensual durante los dos años inmediatos después de dejar el cargo, además del pago de chofer, dos vehículos, el sueldo de personal a su servicio, seguro de gastos médicos mayores y gastos de representación.
La única limitante es que durante esos dos años no podrán litigar o tener otro salario.
Pasado ese tiempo, los integrantes de la segunda sala –Sergio Valls Hernández, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Margarita Luna Ramos, José Fernando Franco González Salas y Luis María Aguilar– y sus seis compañeros del pleno recibirán una pensión equivalente a 80 por ciento del sueldo que tenían, más las prestaciones correspondientes, que disminuirán en forma proporcional.
Sin importar que las pensiones de los trabajadores de mayores ingresos disminuirían casi 60 por ciento, los ministros aprobaron la tesis de jurisprudencia que ya es de observancia obligatoria para todos los tribunales que conozcan amparos de jubilados que se inconformen contra la Ley del IMSS.
Esa severidad de aplicar la ley a rajatabla no coincide sin embargo con el acuerdo 11 /2003 aprobado bajo la presidencia de Mariano Azuela Güitrón –quien, por haberse jubilado hace unos meses, gana lo mismo que un ministro en activo–, cuando sin tener atribuciones constitucionales ni legales para hacerlo, el pleno homologó las pensiones de los ministros enviados a retiro con la reforma judicial de 1994 y anteriores, con las condiciones establecidas entonces por el ex presidente Ernesto Zedillo.
La reforma constitucional incrementaba sustancialmente el monto de las pensiones de los nuevos ministros.
Sin que el Congreso aprobara una partida presupuestal especial para el pago de pensiones, motu proprio la SCJN homologó
no sólo el pago de la jubilación, sino además las otras prestaciones a que tenían derecho los nuevos ministros. Con esa decisión más de 30 ex funcionarios, muchos de los cuales pasaron a retiro con sólo unos meses de haber estado en el cargo antes de la reforma constitucional, vieron resueltas sus necesidades económicas.