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Promoventes de amparo deben presentar copias suficientes: SCJN
 
Periódico La Jornada
Sábado 10 de julio de 2010, p. 11

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acordó que al promoverse un juicio de amparo se debe presentar copia de ese documento a todas las partes involucradas –que incluye al Ministerio Público Federal–, o de lo contrario significará que no se ha interpuesto dicha promoción.

Al resolver una contradicción de tesis entre dos tribunales colegiados de circuito, los ministros precisaron que el requisito no se aplicará en los amparos en materia penal, en los que la ley prevé una excepción.

El máximo tribunal del país manifestó que la presentación de copias de la demanda de amparo no constituye un formalismo sin sentido o un obstáculo para el acceso a la justicia, debido a que la Ley de Amparo establece que es una obligación del promovente.

Esta ley –señalaron– estipula que es una obligación exhibir junto con la demanda de amparo, copias suficientes de ésta para el traslado a cada una de las partes, entre las cuales se encuentra el Ministerio Público Federal.

Los ministros argumentaron que los órganos jurisdiccionales no son los únicos con el deber de ajustar a los mecanismos establecidos por el Legislativo para el ejercicio de los derechos en la materia, ya que los gobernados también deben acatarlos al momento de pretender ejercer su derecho ante los órganos de impartición de justicia.