Plantean que tenga vigencia a partir del 1O de enero de 2011; el PAN se abstuvo
Viernes 23 de abril de 2010, p. 39
La iniciativa de ley de maternidad subrogada avanzó ayer en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal sin mayor discusión, luego de que las comisiones unidas de Salud y Asistencia Social y de Equidad de Género aprobaron en lo general el proyecto de dictamen, reservándose 20 artículos para su discusión en lo particular.
La iniciativa, que permitirá a matrimonios cuya mujer está impedida de gestar en su útero recurrir al de otra mujer para procrear mediante la transferencia del embrión, quedó aprobada con nueve votos a favor de los legisladores de PRD, PRI y PT, y la abstención de los cuatro del PAN.
La presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social, Maricela Contreras Julián, dijo que se mantiene el concepto de la gestante como una mujer con capacidad de goce y ejercicio que, sin fines de lucro, se compromete a llevar a cabo la gestación
, lo que permite que se haga de manera altruista o pueda haber una remuneración que sea convenida por ambas partes, aunque éste es uno de los artículos reservados, por ella misma y los diputados de PRI y PAN.
En una sola ronda de observaciones, la legisladora del PRI Alicia Téllez planteó sustituir el término de instrumento por el de contrato, mientras el legislador del blanquiazul Jorge Palacios propuso incluir un apartado en el que se contemple, dentro del contrato que suscriban las partes, el caso de que la mujer gestante muera por alguna complicación del embarazo o durante el parto.
Consideró que debe protegerse a los hijos, esposo o familiares más cercanos de la mujer, sobre todo cuando sean dependientes económicos de ella, lo cual se podría hacer por medio de un seguro o algún otro instrumento legal.
Los artículos reservados, además del que se refiere a la definición de conceptos, incluyen el de los requisitos de las partes y la intervención del juez de lo familiar en el procedimiento y la firma del instrumento para la maternidad subrogada; la certificación de las instituciones de salud que podrán realizar la fecundación in vitro; la valoración sicológica de los padres biológicos; las visitas domiciliarias a la mujer gestante y varios aspectos legales, entre otros.
Contreras Julián explicó que se plantea que entre en vigor el 1O de enero de 2011 para dar el tiempo suficiente a las instituciones de que puedan elaborar los procedimientos y los documentos legales correspondientes.