Está acusado, con Gómez Urrutia, de desviar recursos sindicales
Jueves 8 de abril de 2010, p. 10
Un tribunal colegiado negó de manera definitiva el amparo que solicitó Juan Linares Montúfar, presidente del consejo general de vigilancia del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana, contra el auto de formal prisión que enfrenta en el juzgado primero de distrito de procesos penales federales.
De acuerdo con fuentes judiciales, el séptimo tribunal colegiado en materia penal de la ciudad de México negó la protección de la justicia a Linares, tras considerar que sí está probado, de manera indiciaria
, que el inculpado es presunto responsable del delito de violación a la Ley de Instituciones de Crédito, derivado de la presunta disposición indebida de 55 millones de dólares por parte del líder minero Napoleón Gómez Urrutia.
El abogado de Linares Montúfar, Marco Antonio del Toro, confirmó ayer a La Jornada la información proporcionada por fuentes judiciales. Aseguró que la autoridad judicial llegó a esa conclusión debido a que la Procuraduría General de la República (PGR) ocultó a los magistrados federales
un informe elaborado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en el que sostiene que en el caso de la supuesta utilización ilícita de 55 millones de dólares que se imputa a líderes mineros no se configura delito alguno.
Linares fue detenido por la Policía Federal en el estado de Michoacán el 3 de diciembre de 2008 y está preso en el Reclusorio Norte del Distrito Federal.
En agosto de 2008, la PGR solicitó a una juez federal que girara orden de aprehensión contra Napoleón Gómez Urrutia y Linares Montúfar por un delito financiero, que consiste en disponer ilegalmente de 55 millones de dólares de un fideicomiso de afiliados al sindicato minero.
Ese ilícito es considerado grave, por lo cual no se otorgó la libertad bajo fianza.
De acuerdo con el expediente, el tribunal colegiado avaló la acusación del Ministerio Público Federal contra los dirigentes mineros por haber violado el artículo 113 bis de la Ley de Instituciones de Crédito.
Esta ley sanciona a quien en forma indebida utilice, obtenga, transfiera o de cualquier otra forma, disponga de recursos o valores de los clientes de las instituciones de crédito
. El delito está penado con tres y hasta 10 años de cárcel, y multa de hasta 30 mil días de salario.
Desde el 10 de marzo de 2006, la CNBV definió en un dictamen técnico que este delito no ocurrió en el caso del fideicomiso minero, pero la PGR solicitó la captura de Gómez Urrutia, quien está exiliado en Canadá.
En opinión de este organismo, se puede concluir que la conducta desplegada por Napoleón Gómez Urrutia, Juan Linares Montúfar (y otros líderes mineros) no se ubica en la hipótesis prevista y sancionada por el artículo 113 bis de la Ley de Instituciones de Crédito
, indicó en marzo de 2006 Jaime Villa Escobosa, entonces director de Delitos y Sanciones de la CNBV.
Al solicitar al juzgado la captura de Linares y Gómez Urrutia, la PGR no acompañó ese informe en el pliego de consignación.