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La procuraduría tiene grave margen de discrecionalidad, deploran

Senadores buscan derogar reforma que permite a PGR negar datos a la CNDH
 
Periódico La Jornada
Viernes 12 de marzo de 2010, p. 10

La bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Senado presentó una iniciativa para derogar la reforma a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (PGR), que impide a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) tener acceso a la información de averiguaciones previas en las que se denuncian violaciones a los derechos de los acusados.

Los perredistas sostienen en la exposición de motivos que no comparten la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que no es inconstitucional ese cambio.

Esa norma da un grave margen de discrecionalidad a la PGR, con la cual podrá impedir que se investiguen violaciones a los derechos humanos cometidas por sus funcionarios, afirman.

Agregan: sin duda, si se preserva el espíritu de la norma habrá un retroceso en las atribuciones de la CNDH, así como en la labor de defensa de los derechos humanos. Hay que decir que tal discrecionalidad puede convertirse en el principal argumento (...) para negar la información al órgano nacional de defensa de los derechos humanos, de tal modo que se entorpezca su trabajo.

Es necesario “considerar que en las recomendaciones emitidas por la CNDH hay un reclamo recurrente a la PGR por negarse a proporcionar información de las averiguaciones previas. Si limitamos peligrosamente la labor de la CNDH de este modo, ¿cómo esperamos que se preserven y se defiendan los derechos humanos con un ombudsman que ni siquiera tiene acceso a información de la PGR?”, cuestionan.

Añaden que la discrecionalidad que se da a la PGR debe ser considerada inconstitucional, ya que al condicionar la entrega de información solicitada por la CNDH se viola la Carta Magna.

La reforma que hizo la PGR al artículo cinco de su Ley Orgánica dice que debe: Proporcionar información a la CNDH cuando la solicite en ejercicio de sus funciones, siempre que no ponga en riesgo investigaciones en curso o la seguridad de personas

El PRD propone que se modifique ese inciso para que quede sólo en: proporcione información a la CNDH cuando la solicite en ejercicio de sus funciones.

La PGR apunta que el artículo mencionado no vulnera los preceptos constitucionales, ya que no restringe ni suspende garantía individual alguna; no es retroactiva ni viola el principio de seguridad jurídica, ni menos aún impide a los ciudadanos el acceso a los órganos de protección de los derechos humanos; asimismo, no restringe o impide el ejercicio de las atribuciones de éstos.

Asegura que no existe discrecionalidad alguna de la institución, ya que a la autoridad poseedora de la información no sólo le incumbe la reserva de la misma frente al ciudadano, sino que dicha obligación se extiende a cualquier entidad o autoridad que la requiera, salvo por resolución jurisdiccional.