Declara ilegal artículo que permite suspensión
de las comunas
Viernes 12 de marzo de 2010, p. 33
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer detener la desaparición de dos ayuntamientos de Oaxaca, ordenada por el Congreso local en respuesta a conflictos políticos que derivaron en violencia el año pasado.
Por unanimidad, los ministros dieron marcha atrás a la suspensión de los ayuntamientos de San Pedro Jicayán, en el distrito de Jamiltepec, y San Pedro Huamelula, distrito de Tehuantepec, aprobada el 22 de septiembre de 2009.
Con base en los decretos 1389 y 1394, los legisladores locales habían designado un administrador para las dos comunidades.
En la misma sesión, los ministros declararon inconstitucional el artículo 87 de la Ley Municipal de Oaxaca, que permite la suspensión provisional
de los ayuntamientos por tiempo indefinido, como paso previo a su desaparición formal.
La ministra Olga Sánchez Cordero explicó que el citado el artículo es inconstitucional porque niega a los integrantes de los ayuntamientos el derecho de audiencia para presentar alegatos y pruebas, lo que viola el artículo 115 de la Constitución.
El caso más sonado fue el de San Pedro Jicayán, donde Beatriz López Leyva, simpatizante del ex candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador, fue asesinada el 23 de abril de 2009.
También hubo enfrentamientos entre miembros de las secciones 22 y 59 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. El 9 de septiembre el edil priísta Leonardo Silva Palacios fue separado del cargo, pero ayer la SCJN determinó que todo el procedimiento es inválido.