■ Tiene “bondades”, pero ante el malestar social, no se aplicará, dice
Romero Hicks propondrá anular bando que castiga obscenidades
Ampliar la imagen Los regidores perredistas, Juan Francisco Reyes Milán y Salvador Flores Fonseca colocaron una ofrenda floral en el Callejón del Beso, en la ciudad de Guanajuato, para dar el adiós al “beso olímpico” Foto: Carlos García
Guanajuato, Gto., 18 de enero. El ayuntamiento de Guanajuato reformará su recién promulgado Bando de Policía y Buen Gobierno que sanciona “tocamientos obscenos”, mendicidad, comercio ambulante y limpia de parabrisas en altos del semáforo –entre otras conductas públicas– o buscará una figura jurídica para dejarlo sin efecto, anunció el alcalde panista Eduardo Romero Hicks.
El reglamento “tiene bondades”, pero ante la inconformidad social que generó no se aplicará, ni será publicado en el Periódico Oficial del gobierno del Estado. “Voy a proponer que quede sin efecto. Punto”, expuso Romero Hicks, quien el viernes aún mantenía firme su decisión de publicar y aplicar la norma que aprobó el ayuntamiento el pasado martes 13.
El líder panista estatal, Fernando Torres Graciano, había dicho que si el alcalde y los regidores del PAN no revocan el bando serán sancionados, e incluso anunció que el gobernador Juan Manuel Oliva impondrá su veto.
Al respecto, Romero Hicks comentó: “Estuve hablando con Fernando muy de cerca, todos los días, y es falso que hablara de una sanción. Entre él y yo no ha habido ningún amago”. Además –indicó– “el ayuntamiento es autónomo según el artículo 115 de la Constitución y será quien decida, pues no hay veto del alcalde y el gobernador tampoco puede hacerlo”.
La norma local en cuestión fue redactada por la síndica Teresita Rendón, y ella misma será quien busque una figura jurídica para reformarla o dejarla sin efecto, adelantó el edil, a cuyo juicio una opción es publicarlo, y el día que cobre vigor –en sesión solemne de cabildo– reformarlo. “No quiero adelantar cómo, pero hay varios escenarios”, argumentó.
Según el artículo 34 de la normativa, proferir malas palabras constituye una falta contra la moral y la familia, y se prohíbe junto con los “tocamientos obscenos”, que ameritan una multa hasta de mil 500 pesos y hasta 36 horas de cárcel, al igual que “cruzar vialidades sin usar los accesos o puentes peatonales”, por ser una infracción de seguridad.
El numeral 41 señala como falta cívica “prestar algún servicio sin que sea solicitado”, y las marchas o manifestaciones quedan vetadas en el 85 si entorpecen el tráfico vial. Además, quien mendigue o limpie parabrisas incurre en conductas dignas de sanción. Otras prohibiciones son la venta en espacio público de alimentos, bebidas y otros productos.