Usted está aquí: sábado 10 de enero de 2009 Política Los escoltas podrían perder licencia

Los escoltas podrían perder licencia

Gustavo Castillo García

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) aclaró que la detención de los escoltas de Andrés Manuel López Obrador, el pasado 6 de enero en Mazatlán, Sinaloa, “se llevó a cabo con estricto apego a derecho y sin distinción alguna de las personas que infringen algún precepto de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”.

Señaló que la licencia colectiva que ampara las armas que llevaban consigo estipula que sólo pueden usarse en el Distrito Federal y en actividades propias de servicios de seguridad pública, por lo que dicha licencia de la Policía Bancaria e Industrial podría ser cancelada.

Los escoltas se trasladaban para brindar seguridad al ex candidato presidencial durante una gira de trabajo por Hermosillo, Sonora, cuando fueron detenidos, y se les empezó una averiguación previa por violación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

De los 11 detenidos, sólo seis quedaron sujetos a investigación y un día después de su captura fueron puestos en libertad bajo reservas de ley, a pesar de que la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal reconoció, por medio de la Policía Bancaria e Industrial de la capital mexicana, que son sus elementos y que la transportación de las armas está amparada por la licencia colectiva que el Ejército otorgó a esa corporación.

En un comunicado de prensa, la Sedena puntualizó que “las cinco armas calibre 9 milímetros que portaban dichos elementos se encuentran amparadas por la licencia colectiva número 6, expedida por la Dirección General de Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, la cual ampara el uso de armamento en su territorio y en actividades propias de su servicio, a excepción de la pistola calibre 380 automática”, que también fue decomisada.

“Cabe aclarar –continúa– que las licencias oficiales colectivas que da esta dependencia dentro de sus disposiciones señalan que el personal operativo de esa Secretaria de Seguridad Pública tiene estrictamente prohibido utilizar el armamento incluido en la presente licencia para proporcionar servicios de seguridad privada (...)”

Agrega que “esta licencia es intransferible, por lo que se reitera que el armamento deberá ser empleado exclusivamente por el personal operativo de esa corporación para proporcionar los servicios de seguridad pública en el DF”.

 
Compartir la nota:

Puede compartir la nota con otros lectores usando los servicios de del.icio.us, Fresqui y menéame, o puede conocer si existe algún blog que esté haciendo referencia a la misma a través de Technorati.