■ Diseñó iniciativa para instaurar la ley general del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Busca PRD que la prevención del delito sea uno de los ejes de la reforma judicial
■ El proyecto se contrapone a la visión calderonista de combatir al hampa mediante la coerción
Ampliar la imagen Militares trasladan los componentes de una granada de fragmentación que lograron desactivar, luego de que sicarios la arrojaron ayer contra la Subprocuraduría de Justicia de Chihuahua Foto: Notimex
El PRD en la Cámara de Diputados y el Senado elaboró, en conjunto, una iniciativa de dictamen para crear la ley general del Sistema Nacional de Seguridad Pública, donde se contempla, contrariamente a la propuesta de Felipe Calderón Hinojosa, hacer de la prevención del delito, y de la salvaguarda de la integridad y derechos de las personas, ejes rectores de la reforma judicial.
El representante perredista José Alfonso Suárez del Real, secretario de la Comisión de Defensa Nacional en San Lázaro, expuso que el Ejecutivo federal, por conducto de su propuesta enviada hace un mes a la Cámara de Diputados pretende, mediante medidas coercitivas, combatir a la delincuencia, situación que podría implicar violaciones a los derechos humanos.
Frente a esto, los perredistas que han concluido su iniciativa manifiestan que el combate a la delincuencia y la reforma al sistema policial deberán sustentarse en educación y buenos sueldos para los agentes policiacos, quienes requieren ser conscientes de que el respeto a los derechos humanos es el principal fundamento de la acción de la seguridad pública.
“La iniciativa de ley que hoy presentamos tiene por fundamento el respeto al pacto federal, la división de poderes y, de manera primordial, se basa en la implementación de políticas preventivas y en la institucionalización de una serie de mecanismos que permitirán el control de las instituciones de seguridad pública y privada así como de todos sus miembros”.
El proyecto de decreto se divide en dos grandes partes. La primera, dedicada al Sistema Nacional de Seguridad Pública, donde se estipulan los mecanismos de coordinación, cooperación y dirección de las políticas de seguridad pública en los tres ámbitos de gobierno. La segunda, enfocada al establecimiento de los principios generales que deben regir las políticas de seguridad pública y los instrumentos institucionales mínimamente requeridos para conseguir sus fines.
En su artículo segundo, la iniciativa señala que la seguridad pública comprende “la prevención de los delitos, su investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas”, y coloca “la salvaguarda de la integridad y derechos de las personas, así como la preservación de las libertades y el orden público” como sus fines.
El artículo 3 define la prevención como la base de las políticas de seguridad pública, que deberán atender la inhibición de las conductas ilícitas mediante la erradicación de los factores de riesgo que causan la delincuencia, e identifica, como parte integral de este fenómeno, el cuidado de las víctimas y la reinserción social de los transgresores.
En el siguiente postulado se determinan las características de las instituciones de seguridad pública –civiles, disciplinadas y profesionales– y hace explícita la obligatoriedad de la rendición de cuentas, el respeto a la participación ciudadana y la equidad como base de sus funciones.
En el octavo se enumeran, como columna vertebral del sistema nacional, los principios de actuación de sus integrantes: legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.
Por lo que hace al órgano rector, los perredistas proponen crear un consejo nacional de seguridad pública, concebido anteriormente como el mecanismo superior del sistema nacional, “y que ahora se convierte en el órgano deliberativo y ejecutor del sistema, con carácter colegiado y paritario, conformado por los titulares de los poderes Ejecutivo, los procuradores de justicia y los secretarios de seguridad pública o sus equivalentes, en los ámbitos federal y locales, para lo cual se determina una presidencia rotativa en sus reuniones de trabajo”.
Más adelante se crea la figura del secretario técnico, cuyas funciones serán exclusivamente de auxilio administrativo al consejo nacional para dar seguimiento a sus acuerdos y resoluciones, publicar sus informes y realizar estudios especializados en la materia; no formará parte del órgano deliberativo y será nombrado por el propio consejo a propuesta del Presidente de la República.
Para garantizar el respeto a las atribuciones constitucionales de cada ámbito de gobierno, se instaurarían consejos de seguridad pública en cada entidad federativas y municipios o demarcaciones territoriales, para dar seguimiento a la implementación de las políticas, acuerdos y lineamientos del consejo nacional.
Con ello se abriría la posibilidad de abrir instancias regionales o intermunicipales de coordinación para atender problemáticas específicas, las cuales deberán apegarse al marco normativo local y tendrán la posibilidad de proponer al consejo nacional acuerdos, programas y convenios para alcanzar los fines de la seguridad pública en sus ámbitos específicos.
Sobre las políticas e instrumentos de la seguridad pública se puntualiza que ésta es un derecho fundamental de los habitantes del territorio nacional, que debe ser garantizada por el Estado mediante políticas transversales de prevención, situadas como instrumento fundamental y base de las acciones de seguridad pública. Éstas permitirían identificar los factores de riesgo que dan origen a la delincuencia.
“Nos encontramos plenamente convencidos de que aumentar los presupuestos, incluso con grandes sumas para pagar a más policías, [no repercutirá] en una diferencia sustancial en los niveles de criminalidad, lo cual no significa que no deban destinarse recursos públicos al efecto, sino que éstos sean usados de manera eficiente en el combate de los factores de riesgo y no únicamente para la implementación de medidas de coerción”.