Usted está aquí: jueves 2 de octubre de 2008 Política A debate, la facultad de la Corte para revisar una reforma constitucional

■ Hoy deberá resolver cuatro casos que tienen que ver con el tema electoral

A debate, la facultad de la Corte para revisar una reforma constitucional

Jesús Aranda

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tienen en sus manos una decisión jurídica que no tiene precedente: determinar si están facultados o no para revisar el contenido de una reforma constitucional.

En el contexto de la discusión sobre la procedencia de los amparos presentados en contra de la mencionada reforma, que se reanuda hoy, el pleno resolverá cuatro asuntos en los que los quejosos señalan directamente que el máximo tribunal se debe manifestar en relación con que las modificaciones constitucionales al sistema electoral violan garantías individuales, como el derecho a la información y a la equidad.

Será la primera vez que la Corte aborde el tema, ya que sólo se ha pronunciado en el sentido de que sí procede el juicio de amparo en contra del proceso de reforma constitucional, pero no sobre el contenido de la misma.

Trascendió que al menos hay dos ministros en favor de que la Suprema Corte asuma este nuevo papel en el sistema político nacional. En cambio, hay otros que consideran que sería un paso delicado que la SCJN se arrogara la facultad de definir qué modificación a la Carta Magna debe mantenerse y cuál no, pasando por encima de lo que resuelva el “poder constituyente”, es decir, el Congreso de la Unión y las legislaturas locales.

De acuerdo con fuentes judiciales consultadas, de los 42 amparos, cuya procedencia es analizada por los ministros, estos cuatro asuntos son los más “aguerridos” en contra de las modificaciones a la Constitución que impiden que los particulares contraten espacios en medios electrónicos en tiempos de campaña, con el argumento de que se viola su libertad de expresión.

El tema a debatir no tiene precedente en la historia de la Corte, porque hasta la fecha ni siquiera se había planteado ante el máximo tribunal un asunto semejante. Los asuntos en cuestión fueron presentados por S en M Asociación Civil, José Antonio Ortega Sánchez y otros, México Unido Contra la Delincuencia y Carlos Sánchez Mejorada.

En países como Alemania, explicaron los informantes, la constitución sí establece un apartado de temas que son intocables para el Poder Legislativo y cuyo garante de permanencia es precisamente el tribunal constitucional, pero en México, nuestro sistema político no prevé esa figura. Si los ministros dan este paso, la Constitución sería “pétrea” y prácticamente inmodificable, además de que la Suprema Corte tendría que resolver qué artículos deben prevalecer sobre los otros.

Resultaría que un poder que no fue electo democráticamente (la SCJN) revisaría y validaría los actos de un poder que fue democráticamente elegido, como lo es el Legislativo.

Por otra parte, añadieron, hay quienes consideran que la SCJN debe asumir el rol de verificar también los contenidos de las reformas constitucionales para que éstos no contravengan los principios fundamentales establecidos en 1917. Aquí el planteamiento que hacen es: “¿si la Corte no garantiza la permanencia de los principios fundamentales, quién?”

De acuerdo con los proyectos de resolución que elaboró la Comisión de Secretarios de Estudio y Cuenta, estos asuntos serán los últimos que analice el pleno del paquete que tiene que ver con el tema electoral.

 
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