■ Exhorta a que se repare el daño material y moral a los afectados
Emite la CNDH recomendación por la baja de dos marinos infectados de sida
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al secretario de Marina, Francisco Saynez Mendoza, por el caso de dos elementos de esa dependencia que fueron dados de baja del servicio activo tras detectárseles VIH-sida, acto que el organismo considera “discriminatorio”.
En el documento, el ombudsman nacional, José Luis Soberanes Fernández, destacó que si bien es cierto que la legislación que rige a las fuerzas armadas prevé su cese, esa normativa no puede tener mayor valor ni estar por encima de la Constitución mexicana.
Recordó además que en 2007 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la causal de baja de elementos de la Armada por ese motivo.
El presidente de la CNDH refirió en su recomendación que tras el análisis e investigación realizadas, se pudieron acreditar “violaciones a los derechos humanos de igualdad y de no discriminación por motivos de salud, así como de legalidad y seguridad jurídica”.
La investigación del personal de ese organismo encontró que los dictámenes periciales elaborados por médicos de la Secretaría de Marina indicaban que los dos afectados por esa enfermedad “requerían vigilancia médica estrecha y no realizar actividades que el servicio activo de armas exige, por su situación clínica cambiante y la necesidad de contar con servicio médico continuo”.
En ese sentido, alertó que al incumplir con las limitaciones de la enfermedad, desempeñar actividad física de alta exigencia, pobre supervisión médica y apego mínimo al tratamiento farmacológico “podría ocasionar un deterioro acelerado y la muerte a corto plazo”.
Cuando las autoridades de Marina detectaron, por separado, que ambos elementos padecían el VIH-sida, éstos fueron dados de baja por considerar que presentaban “inutilidad permanente por actos fuera de servicio”.
Durante las indagatorias de la CNDH, los funcionarios de la Armada de México argumentaron que desde que un elemento es dado de alta en el servicio de las armas acepta sujetarse a las obligaciones y atribuciones que se imponen en leyes y reglamentos de la dependencia, por lo que “la aplicación de la legislación no constituye un acto discriminatorio”.
La CNDH calificó de “inaceptable” tal argumentación, pues señala la determinación de esa entidad pública en perjuicio de ambos elementos.
Por ello, Soberanes Fernández exhortó al titular de Marina a reparar el daño moral y material a los afectados “por la responsabilidad institucional en que se incurrió”; que la dependencia deje sin efecto los procedimientos de retiro de los agraviados; que se les practiquen dictámenes clínicos con el propósito de conocer el avance de la enfermedad en ambos elementos y se les apliquen exámenes para valorar sus aptitudes físicas y mentales, con el objetivo de “resolver sobre la conveniencia de su reubicación” en la Armada de México.
Además, que se les continúen proporcionado las prestaciones de seguridad social que les correspondan, en particular el servicio de salud.
Asimismo, solicitó que se capacite al personal de la dependencia para que se apliquen las normas jurídicas, sobre todo si se trata de resoluciones de la SCJN, “a fin de lograr una eficaz protección de los derechos humanos”, así como que se adopten las medidas preventivas para evitar la repetición de actos discriminatorios.