Niega Corte amparo contra ley del ISR
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó ayer el amparo a Cemex y tres de sus empresas filiales y a Petromex en contra de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), que establece que los consorcios nacionales que inviertan en paraísos fiscales deben pagar impuestos en México cuando el tributo pagado en el extranjero sea menor en 75 por ciento al que tendrían que cubrir en México.
De acuerdo con fuentes judiciales consultadas, Cemex reclamaba la devolución al fisco de casi 14 mil millones de dólares que pagó al fisco entre 2003 y 2005 con base en la legislación impugnada.
Una vez que los ministros resolvieron que los artículos 212, 213 y 214 del ISR es constitucional (nueve votos contra dos), el pleno resolverá el último amparo que interpuso Cemex y uno más que presentó Televisa. Fuentes confirmaron que en ambos casos se negará la protección de la justicia federal.
Respecto a la devolución de impuestos que pretendía Cemex con sus cuatro amparos, los informantes precisaron que de 2003 a 2005, la empresa cementara invirtió cerca de 50 mil millones de dólares en naciones con “regímenes fiscales preferentes” por lo que tuvo que pagar unos 14 mil millones de dólares al fisco.
Posturas encontradas
Los ministros José Ramón Cossío, Fernando Franco, Margarita Luna Ramos, Genaro Góngora Pimentel, José de Jesús Gudiño Pelayo, Mariano Azuela, Juan N. Silva Meza y el presidente de la Corte Guillermo I. Ortiz Mayagoitia apoyaron el proyecto elaborado por Sergio Valls de convalidar la constitucionalidad de los artículos impugnados.
Olga Sánchez Cordero y Sergio Aguirre Anguiano consideraron que la legislación violaba los principios constitucionales de equidad tributaria y legalidad. La primera dijo que no era válido que el legislador “atribuya efectos necesarios de elusión (evasión fiscal), a conductas que puedan realizarse por simples razones de negocios ni que se pretenda justificar lo anterior, aduciendo la intención de afectar al fisco federal, disminuyendo la carga tributaria propia”.
Aguirre Anguiano apuntó que “todo individuo que incurre en actividades de negocios tiene derecho, en primer lugar, a la propiedad misma, a invertir donde le plazca, siempre y cuando la inversión sea lícita y a tributarla racionalmente”. Pero, añadió, el principio de legalidad se vulnera, si la ley mexicana es confusa y transgrede el principio de legalidad.