Ordenan a Tabasco abrir información
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo sexto transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Tabasco, que estipula que los ciudadanos debían esperar un año después de la entrada en vigor de las nuevas normas para formular solicitudes de información. Los ministros señalaron que el acceso a la información pública debió entrar en vigor el 21 de julio, pues cuando se realizó la reforma constitucional el Congreso de la Unión fijó un plazo de un año para que las legislaturas locales adecuaran sus leyes, y éste venció el 21 de julio.