El cuerpo y la ley
En los próximos días dará inicio la sesión en la que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) habrá de tomar su decisión sobre la acción de inconstitucionalidad con la que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de la República pretenden invalidar la ley emitida por la Asamblea de Representantes del Distrito Federal que garantiza a las mujeres la libre decisión sobre el destino del embarazo.
Las discusiones en torno a la iniciativa en la que uno de los poderes del gobierno federal (la Procuraduría General de la República) actúa en contra de la soberanía de un órgano legislativo han sido extensas y pormenorizadas. Las posiciones que defienden la legitimidad de la ley y las que exigen su derogación han sido explicadas y escuchadas con detalle. El debate se ha expresado en la prensa escrita y en algunos (pocos) programas de televisión. Nuestro régimen jurídico parecería así alejarse de esas épocas en que la SCJN procedía en una suerte de clandestinaje que de antemano secuestraba sus decisiones en las necesidades y necedades de una sola figura: la Presidencia. Un paso sin duda encomiable que contribuye a dar transparencia no sólo a los procesos jurídicos sino a consolidar una opinión pública que apenas se está acostumbrando a una cultura que ha dejado atrás la autoritaria tradición que veía en la SJCN un cuerpo que debía actuar, para volverse legítimo, por unanimidad. Hoy no sólo se discute sobre los argumentos a favor y en contra de la ley, sino sobre el perfil de los jueces que podrían votar a favor y en contra del recurso de inconstitucionalidad. La prensa especula sobre sus afinidades ideológicas, sus inclinaciones morales y las razones de su ejercicio. Y en rigor, sólo una Corte efectivamente plural puede garantizar la única condición que de alguna manera vuelve a la justicia efectivamente justa: la autonomía del Poder Judicial, no sólo frente a los otros poderes de la Unión, sino frente al tejido más sórdido del poder, los agentes fácticos que actúan en la urdimbre clandestina de la toma de decisiones.
Sin embargo, no todo son buenas nuevas. El hecho de que un juez de la misma Corte, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, haya decidido permutar súbitamente su calidad de magistrado por la de un legislador, pone en entredicho el difícil camino andado. El tema a discusión para la Suprema Corte es la constitucionalidad o no de la iniciativa adoptada por los legisladores del Distrito Federal, y no la imaginación legislativa que puede salir (por los motivos que sean) de la cabeza de un juez. Legislar es la tarea del Poder Legislativo; emitir un juicio es la obligación de la judicatura. Confundir ambas funciones es poner en entredicho el principio que da legitimidad a las acciones de una y otra instancia: la división de poderes. Y es esta invasión de funciones la que tradicionalmente ha hecho colapsar la solvencia de muchas acciones jurídicas.
La propuesta del juez Aguirre Anguiano –sancionar con prisión de tres a seis meses la interrupción de un embarazo– nos hace inevitablemente pensar en todas aquellas fuerzas que sintiéndose ya sin argumentos han recurrido a la autoridad de un prelado para hacer avanzar su posición. Está por verse si el pleno de la SCJN admite que se le presione desde su interior mismo o si decide refrendar ante la ciudadanía que es una institución capaz de adoptar sus decisiones autónomamente. Toda gran decisión viene antecedida por un gran dilema: la magistratura se encuentra hoy ante el umbral de este delicado margen.
Criminalizar el ejercicio de la libertad ha sido invariablemente el camino del tutelaje –o en palabras menos amables: de la usurpación de la soberanía–. En el debate sobre la ley, lo que está en juego es si la mujer tiene el derecho a la soberanía o no, si el cuerpo es propiedad del Estado o de quien simplemente lo posee. Me refiero, obviamente, al concepto de soberanía que alguna vez desdibujó Georges Bataille a partir de sus reflexiones sobre Kant. La soberanía, dice Bataille, reside en el poder de la deferencia, en la capacidad no tanto de asumir la propia libertad, sino de garantizar la del Otro. La ley Anguiano convalida la antigua condición de conciencias tuteladas, sitiadas ahora no por la promesa del “castigo divino” sino por seis muy seculares meses de cárcel; conciencias extraditadas del derecho a la autoconciencia. Es curioso que quienes abogan tanto por la solvencia de la propiedad privada promuevan la moderna estatización del cuerpo. La toma del cuerpo por el poder. Y, véase como se la vea, sin principio de soberanía la vida es de otros