Usted está aquí: viernes 13 de junio de 2008 Capital Inatacable, resolución que anula la renovación del IEDF: Bonifaz

■ La Constitución es clara en esas decisiones, afirma la consejera jurídica de la ciudad

Inatacable, resolución que anula la renovación del IEDF: Bonifaz

■ El asunto está cerrado y los funcionarios electorales deberán permanecer los siete años que dura su encargo, dice

■ Con el fallo del TEPJF se fortaleció la autonomía del instituto, señala

Raúl Llanos y Gabriela Romero

La consejera Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno Distrito Federal, Leticia Bonifaz Alfonzo, afirmó que no hay vuelta atrás en la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que deja sin efecto el acuerdo aprobado por la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa para sustituir a los consejeros del Instituto Electoral de esta ciudad, pues es inatacable y se deberá acatar.

En entrevista, la funcionaria detalló que la Constitución es clara al señalar que una resolución de ese tipo es definitiva e inatacable para el efecto que se sometió a discusión, es decir, “este asunto está cerrado para efecto de la convocatoria emitida”, y por tanto los siete consejeros electorales del instituto electoral local deberán permanecer en sus cargos hasta que concluyan los siete años para los cuales fueron nombrados, por los mismos diputados, en diciembre de 2005.

–¿Hasta qué punto el fallo del tribunal fortalece al IEDF?

–Se fortalece en autonomía, para que se vea que los órganos (de este tipo) deben tener cierta certeza en su trabajo. En el ámbito electoral ha sido muy común, pero hasta para los propios magistrados de la sala superior en su momento, que todos viven y hacen la broma de “hasta que la reforma nos alcance”, como que sabes que siempre alguien te puede dejar sin tu silla cualquier día, y esto no es sano.

“Si te eligen por un periodo –dijo– tiene que haber razones del porqué el periodo se interrumpe. Si algo te da el derecho es certeza; si hay reglas constitucionales eso ya da un giro distinto. Por ejemplo, en el caso de Mireille Roccatti, fue el primer caso de que no pudo permanecer todo el periodo al frente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, porque el cambio fue constitucional, y en el Instituto Federal Electoral también fue así, pero no puedes hacer cambios en leyes secundarias (como hizo la ALDF), porque si no queda contraria a la Constitución, porque a ésta la tienes como ley referente superior”.

Consideró que con el fallo del Tribunal Electoral federal ya los diputados locales no pueden hacer nada, porque el acuerdo emitido por la Comisión de Gobierno se deriva de lo establecido en el segundo transitorio del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, y cualquier adecuación en este marco legal corresponde única y exclusivamente, por ley, a los integrantes de la Cámara de Diputados.

 
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