“Esquizofrenia”, permitir matar a un bebé inocente: abogada
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tendrá que garantizar el derecho a la vida del concebido no nacido, como establecen la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México; de lo contrario estaríamos en un país “esquizofrénico, donde se protegen los derechos de un criminal al prohibirse la pena de muerte y, por otro lado, se concede el derecho de machacar y cortar en pedacitos a un bebé inocente”, afirmó María Emilia Montejano Hilton, abogada y especialista en derechos humanos.
En el contexto del debate sobre la despenalización del aborto en el Distrito Federal, aseguró que el marco jurídico nacional establece “claramente la protección del concebido no nacido, tanto en la Constitución como en los códigos civiles federal y estatales, además de los tratados internacionales que hemos suscrito”.
Para la especialista, la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en abril de 2007 para despenalizar el aborto hasta las 12 semanas de gestación, tiene “absurdos”, como la definición de embarazo, pues considera que éste comienza cuando el óvulo ya fecundado se implanta en el útero; “pero el momento de la concepción es uno y cuando se implanta es otro, y pueden transcurrir hasta 15 días para que concluya este proceso, y a partir de cuándo se cuentan las 12 semanas”.
Agregó que una ley de plazos es “inconstitucional, porque como no se sabe con exactitud cuándo empieza un hecho o cuando acaba, lo más seguro es que cometas una injusticia”. Entonces, insistió, en el Distrito Federal “no sabemos si están haciendo abortos que no son de 12 semanas, pueden ser de más o de menos. Es una ley de plazos que no sirve y no se está cumpliendo a cabalidad”.
En entrevista con La Jornada, afirmó que la discusión sobre la despenalización del aborto en México se ha “radicalizado”, porque “se ha tratado de desmentir que el embrión es un ser humano, un individuo, y como tal, la Constitución establece en su artículo primero que se deberá defender y dar todos los derechos”.
A esto se suma, indicó, que la SCJN reconoció en 2002, “al emitir jurisprudencia en los casos 13/2002 y 14/2002, que la carta magna protegía al concebido no nacido desde el momento de la concepción. Además existen tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, donde también se le protege desde el momento de la concepción”.