Usted está aquí: sábado 22 de marzo de 2008 Política Desnaturalización del derecho penal

Miguel Concha

Desnaturalización del derecho penal

Qué fácil debe ser vivir vidas “sensatas”, autocomplacientes. Acompañar con aplausos desde una posición carente de toda crítica los avances de la irracionalidad en las legislaciones, aceptar condescendientemente los regímenes de excepción para los “delincuentes organizados” y ufanarse de la criminalización de los movimientos sociales.

Ello a pesar de que los intocables cebadores de la cifra negra de la delincuencia en sus variantes del espectro, los llamados delincuentes de “cuello blanco”, en el área dorada de la misma, así como los militantes de la cifra caqui, relativa a la delincuencia cometida por personal al servicio del Estado en labores policiales o propias de las fuerzas armadas, no sólo sean invisibles e inasibles para el sistema, sino que consoliden sus posiciones a fin de perpetuar sus abusos.

¿Cuál es el problema? A nuestro juicio el problema es de raíz, desde que se desfigura al derecho penal, dándole la forma de un ente servil, con características de verdugo, a los intereses más bastardos de algunos sectores. Lejos de eso, el derecho penal en su sentido original implica una contención al poder punitivo del Estado. Ese movimiento ciego y sordo, unidireccional que va ordenando “¡castiga, castiga, castiga…!”, debe ser controlado mediante la razón. Y las voces que claman por dotar de contenido pensante tanto al derecho penal como al sistema integral de justicia no deben ser acalladas por la inercia del torrente punitivo que, indiferente e incapaz a toda clase de ponderación, arrastra a la barbarie.

Otra faceta del mismo problema es la vana expectativa de que el derecho penal es “el” resolutor por excelencia, haciendo en consecuencia que usurpe la posición de primer recurso para la solución de conflictos, tan lejana de la ultima ratio, que es la que le corresponde. Si además, a un mecanismo cuya naturaleza es la de un sistema pacífico de solución de conflictos, sumamos un discurso plagado de términos de guerra, nos encontramos con un derecho penal que ha perdido toda sustancia. De hecho nos encontramos frente a una especie de monstruo, creado a partir de la mezcla de legitimaciones del uso indiscriminado de la fuerza, concatenado con ideas bélicas, en la que el delincuente es un “enemigo” que debe ser exterminado. Y ante un sistema perverso que, en aras de “erradicar” la delincuencia, no hace sino incrementar irresponsablemente las hipótesis para que la persona sea convertida, precisamente, en delincuente. Al final se agrega la exacerbación del miedo en las personas, que sólo necesita el soplo de una legislación que legitime la arbitrariedad estatal, que perpetúe la ineficacia de los cuerpos de seguridad, de procuración e impartición de justicia, así como los vicios del sistema penitenciario. No nos asombremos entonces de la inexistencia de un estado de derecho, mucho menos de uno garantista, por cuanto se habrá levantado una estructura donde el derecho desde el principio quedó desterrado.

Enfrentemos por lo menos con honestidad la realidad de haber construido una estructura legalista, desafanada de la justicia, que bajo el barniz del discurso esconde a la bestia de la represión. Es necesario restituir el derecho penal a su justo lugar, tanto de posición como de dignidad. Dicha rama deberá ser repensada, replanteada y reconstruida por personas que nunca, ni en el discurso ni en la práctica, olviden a las personas. Por ello, en medio de la ocupación del país por la militarización, y de la invasión de las conciencias por el temor; entre las contorsiones del Estado por relevarse de obligaciones, que si bien pueden estar indirectamente relacionadas con el fenómeno delictivo, su oportuna atención implicaría atacar de raíz condiciones criminógenas de fondo, es muy digna de ser tomada en cuenta la propuesta de reforma constitucional en materia de derechos humanos elaborada por las organizaciones de la sociedad civil y por académicos y académicas especialistas en derechos humanos, en un espacio promovido por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que por cierto ya está circulando impresa.

En el apartado relativo a las garantías de debido proceso y acceso a la justicia se plantea, entre otras cosas, la imprescriptibilidad del genocidio, de los crímenes de lesa humanidad y de los crímenes de guerra. Se propone el reconocimiento del carácter de ultima ratio del derecho penal, la protección de la libertad personal, el control judicial y el establecimiento de medidas cautelares. Se plantea igualmente el derecho a un tribunal imparcial e independiente, y la regulación del ejercicio de la abogacía. Se establecen los principios rectores del proceso penal, la autonomía del Ministerio Público, las garantías básicas del debido proceso, los derechos del inculpado y los derechos de las víctimas, así como los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, y mecanismos alternativos de solución de controversias.

 
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