Usted está aquí: viernes 14 de marzo de 2008 Política Conceden amparo a Flavio Sosa contra tres cargos; permanecerá en la cárcel

■ El líder de APPO enfrenta aún acusaciones por robo con violencia y secuestro, entre otras

Conceden amparo a Flavio Sosa contra tres cargos; permanecerá en la cárcel

Octavio Vélez Ascencio (Corresponsal)

Oaxaca, Oax., 13 de marzo. El juzgado primero de distrito concedió un amparo al consejero de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), Flavio Sosa Villavicencio, preso en el reclusorio regional de Cuicatlán, en contra del auto de formal prisión dictado por un juez local por los supuestos delitos de sedición, asociación delictuosa y daños por incendio. El tribunal consideró que no habían elementos para procesarlo; al respecto, el abogado defensor del activista, Gilberto López Jiménez, comentó que “queda claro nuevamente que su detención y los procesos penales instruidos en su contra obedecen a motivos políticos”.

El litigante indicó que pese al amparo Sosa Villavicencio seguirá en la cárcel por estar aún procesado en los expedientes 70/2006 y 71/2006, por los presuntos delitos de robo con violencia y daños en la paraestatal Caminos y Aeropistas de Oaxaca, así como por secuestro, robo y lesiones en perjuicio de dos agentes de la Policía Ministerial del Estado, mientras que en el expediente 136/2006 se le imputa despojo agravado, en contra de la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión.

Sosa Villavicencio estaba acusado en la causa penal número 157/2006 del juzgado mixto de primera instancia de Tlacolula de Matamoros, de participar en el enfrentamiento entre seguidores de la APPO y agentes de la Policía Federal Preventiva (PFP), el 25 de noviembre de 2006, así como en la quema del edificio del Tribunal Superior de Justicia del estado y de otras instalaciones.

El abogado Gilberto López expuso que el juez primero de distrito, Javier Leonel Santiago Martínez, concedió el amparo 69/2008 a Flavio Sosa por no acreditarse el cuerpo del delito de sedición y asociación delictuosa, pues las pruebas aportadas por el Ministerio Público “no son aptas para probar esas conductas antisociales”.

Sobre el delito de daños por incendio, sí quedó demostrado pero no la probable responsabilidad penal de Sosa Villavicencio, ya que los testimonios de testigos “carecen de valor probatorio para fincar responsabilidad penal, por conducirse con falsedad al declarar, pues sus dichos son discordantes en cuanto a la hora y lugar”, señaló López Jiménez.

Ante esto, el juez federal consideró que el consejero estatal de la APPO quedó sin cargo alguno en la causa penal y ordenó al juzgado mixto de primera instancia de Tlacolula de Matamoros dictar auto de libertad en su favor.

 
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