■ Desechada, controversia constitucional promovida por la Cámara de Diputados
Acorde a la Carta Magna, el reglamento de la Ley General de Desarrollo Social: SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio la razón al Poder Ejecutivo al convalidar la constitucionalidad del reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, expedido en 2006 por el ex presidente Vicente Fox, el cual fue impugnado mediante controversia por la Cámara de Diputados.
El Poder Legislativo señaló al Ejecutivo supuestas extralimitaciones y faltas a preceptos de esa ley –aprobada por los diputados–, ya que, argumentó, el reglamento era inconstitucional.
En cuatro rondas de votaciones, los 10 ministros presentes en la sesión de ayer –estuvo ausente el presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia– avalaron 31 artículos del reglamento y determinaron que la Presidencia no se extralimitó en sus funciones ni fue más allá de los parámetros fijados por la ley.
Los ministros revisaron, entre otros temas, las reglas para la integración de los padrones de los programas sociales, además de la facultad de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedeso) de identificar a personas y grupos pobres, así como las funciones de la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social para integrar el presupuesto del sector.
El punto central del debate de los ministros fue el cuestionamiento acerca de si los programas sociales previstos en la ley podrían ser universales, pero los juzgadores determinaron por mayoría que es correcta la determinación del reglamento de que la ayuda debe focalizarse en los grupos en situación de pobreza, vulneración y marginalidad.
Para el ministro Mariano Azuela, debe privilegiarse la aplicación de recursos federales a las personas en situación de pobreza y vulnerabilidad.
Asimismo, el ex presidente de la Corte, que ayer tomó el lugar de su sucesor Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, agregó que México ya dejó atrás el “Estado de bienestar”, que era utilizado en sexenios anteriores “para generar gobiernos paternalistas que se prestaban a manipulaciones políticas de los pobres”.
Otro capítulo del reglamento que fue avalado permitirá a las dependencias del Ejecutivo federal realizar consultas públicas y convocatorias encaminadas a alentar la participación social en la planeación, la ejecución y la evaluación de las políticas del sector ligado al desarrollo social.
El proyecto original elaborado por el ministro José Ramón Cossío proponía declarar la invalidez del artículo 72 del reglamento, que ordena al Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social informar anualmente al titular de la Sedeso sobre las actividades de las contralorías sociales (éstas son integradas por los beneficiarios de los programas sociales y se encargan de fiscalizar los gastos públicos).
Sin embargo, sólo seis de los 10 ministros presentes en la sesión de ayer votaron en favor de declarar inconstitucional dicho artículo, por lo que fue desestimada la acción al respecto presentada por el Poder Legislativo. Para que se decrete que un reglamento es contrario a la Carta Magna se requieren al menos ocho votos en ese sentido.