Usted está aquí: lunes 14 de enero de 2008 Economía El IETU no gravará las prestaciones de los trabajadores, asegura Hacienda

El IETU no gravará las prestaciones de los trabajadores, asegura Hacienda

Antonio Castellanos

La aplicación del impuesto empresarial a tasa única (IETU) sobre las prestaciones no gravará a los trabajadores, sino a la unidad económica que los contrata. La Secretaría de Hacienda informó que aun cuando para efectos del IETU el empleador no podrá deducir las prestaciones que recibe el trabajador, la empresa podrá efectuar la deducción de esos conceptos en el impuesto sobre la renta (ISR) sin que se vea afectada.

La reforma al ISR para este año, agregó la dependencia, consistió en integrar en una sola tarifa del impuesto y la tabla del subsidio fiscal vigentes hasta 2007, sustituir el crédito al salario por el subsidio para el empleo, y mantener sin cambio el tratamiento fiscal aplicable a los ingresos y prestaciones que reciben los trabajadores derivados de la relación laboral.

Según las autoridades hacendarias, la anterior estructura para determinar el ISR significaba una carga administrativa excesiva tanto para los empleadores como para las personas físicas no asalariadas (personas que realizan actividades empresariales, profesionistas y arrendadores, principalmente).

Por lo anterior, la eliminación de las disposiciones y procedimientos relativos a la determinación del cálculo de la proporción de subsidio fiscal aplicable a las personas con ingresos por salarios, representa una significativa reducción del costo relacionado con la determinación del ISR de la nómina de las empresas.

De acuerdo con el reporte oficial, esta reforma atiende las recomendaciones de la Convención Nacional Hacendaria y de la población en general, relativas a diseñar un marco normativo moderno y sencillo para contrarrestar los problemas de complejidad y transparencia del cálculo del ISR de personas físicas.

Explicó que como resultado de la integración del impuesto y el subsidio fiscal, los tramos de la nueva tarifa del ISR aumentan de cinco a ocho, sin que con ello se modifique la progresividad del gravamen, manteniendo la tasa marginal máxima de 28 por ciento.

 
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