Avala acción de inconstitucionalidad de la ALDF
Invalida la Corte artículos de la Ley de Participación Ciudadana del DF
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la elección del Comité Ciudadano del Distrito Federal debe realizarse únicamente mediante plantillas; con esta decisión, el máximo tribunal invalidó otros métodos previstos en la Ley de Participación Ciudadana.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad interpuesta por diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal contra artículos de dicha ley, la mayoría de los ministros consideraron que los artículos impugnados eran “confusos y contradictorios” y, por tanto, inconstitucionales; sin embargo, no se reunieron los ocho votos necesarios para invalidarlos.
En lugar de ello, el pleno resolvió por unanimidad de 10 votos declarar inconstitucional la última parte del artículo 112, que reza: “concluido el cómputo se efectuará la integración proporcional de cada Comité Ciudadano bajo el principio de cociente natural y resto mayor”.
Asimismo el artículo 122, que señala: “en caso de separación, remoción o renuncia de cualquiera de los miembros del Comité Ciudadano, el Instituto Electoral entregará la constancia de asignación a la persona que sigue en la lista de la plantilla correspondiente”.