Carece de representación jurídica para impugnar leyes electorales, argumenta la juez
Desechan amparo de Coparmex contra el Cofipe; insiste en pelear
“El Estado está para garantizar nuestras libertades, no para reducirlas”, señala González Sada
“Si es necesario recorreremos todas las instancias; aún nos quedan las internacionales”, advierte
Ampliar la imagen Ricardo González Sada, presidente de la Coparmex, inconforme Foto: Notimex
El Poder Judicial de la Federación desechó por notoriamente improcedente el juicio de amparo que promovió la Confederación Patronal de la República (Coparmex) contra las reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Administrativos (Cofipe), pero la cúpula empresarial advirtió que recurrirá a organismos internacionales.
Con éste es el segundo juicio de garantías que desecha un juzgado federal por improcedente, ya que tanto la Coparmex como el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) –que promovió el primero– carecen de representación jurídica para impugnar leyes electorales.
El organismo empresarial tendrá 10 días hábiles para promover un recurso de revisión.
La juez cuarta de distrito en materia administrativa de amparo, María Guadalupe Rivera, notificó ayer el desechamiento de la demanda a la Coparmex, que impugnó el artículo 41 de la Constitución, en lo referente a la prohibición para que las personas físicas o morales puedan contratar propaganda en radio y televisión, “dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular”.
La semana pasada el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el actual Cofipe, que junto con otras disposiciones constitucionales fue impugnado por el CCE mediante la interposición de un juicio de amparo.
Apuesta a la Corte
El CCE apuesta a que el juicio que interpuso llegue al máximo tribunal del país, pero antes deberá superar el tema de la admisión o desechamiento definitivo de la demanda en un tribunal colegiado de circuito.
La juez Rivera González sustentó el desechamiento en el artículo 73, fracción XVII de la Ley de Amparo, el cual establece la improcedencia de un juicio “cuando subsistiendo el acto reclamado, no pueda surtir efecto legal o material alguno por haber dejado de existir el objeto o la materia del mismo”.
El resolutivo de la juzgadora a la solicitud de amparo 12/14/2007 expone que en la lectura de la demanda que interpuso la Coparmex “se advierte que se actualiza la causal de improcedencia prevista en la fracción XVII del artículo 73, en relación con el artículo 1, ambos de la Ley de Amparo.
“Por tanto se desecha de plano la presente demanda de garantías… Notifíquese personalmente a la quejosa (Coparmex) por notoriamente improcedente”.
Por su parte, el presidente de la Coparmex, Ricardo González Sada, anunció que las organizaciones de la iniciativa privada recurrirán a instancias internacionales para hacer valer el amparo interpuesto contra la reforma electoral, porque el nuevo modelo de comunicación entre sociedad y partidos “no es para limitar, así sea temporalmente, las libertades ciudadanas”.
Precisó que los dos primeros amparos interpuestos por los integrantes de la iniciativa privada, el del CCE y el suyo propio, no fueron admitidos por el Poder Judicial y, por tanto, previsiblemente tendrán que acudir a los tribunales colegiados de circuito e incluso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para defender este “proceso inédito”.
Adelantó que no obstante el rechazo de los primeros amparos, “aunque incomode a algunos”, continuarán presentándose para hacer valer su derecho a difundir mensajes de apoyo o rechazo a candidatos a puestos de elección popular durante sus campañas. “Si es necesario, recorreremos todas las instancias; nos quedan además las internacionales”, manifestó el líder patronal.
Insistió en que “el Estado está para garantizar nuestras libertades, no para reducirlas. La comunicación entre partidos y sociedad lo que necesita son canales, no restricciones”, y recordó las palabras del premio Nobel de Economía de 1979, Arthur Lewis, de que “en democracia, los afectados deben tener una oportunidad para influir en la decisión a través de los canales de participación”.
González Sada no dejó de reconocer que la reforma electoral tiene elementos positivos y que los organismos privados entienden el interés del Legislativo por introducir un nuevo modelo de comunicación entre la sociedad y los partidos. Pero precisó: “como sociedad, nos interesa que ese modelo conduzca a campañas electorales más transparentes, que sepamos quiénes están detrás de las razones, las tesis y, por supuesto, de las personas que aspiran a puestos de elección popular”.
Para la Coparmex, dijo, el nuevo modelo democrático no debe limitar, así sea temporalmente, las libertades ciudadanas, y se requiere que los partidos escuchen a la sociedad todo el tiempo, “todo lo que tengamos que decirles”.
González Sada explicó que con los amparos “no estamos haciendo más que defender las libertades que necesitamos como sindicato para cumplir con mandatos que nos han dado nuestros agremiados, (para) difundir nuestras tesis y defender los intereses del empresario, entre otros. Es un ejercicio inédito y por lo mismo esperamos, exigimos, que todos los involucrados en esta decisión lo tomen con la mayor seriedad. Insisto, los amparos no pretenden molestar o llamar la atención. Son la forma que nos dan nuestras leyes para objetar una decisión que creemos equivocada”.
Lo importante, agregó, “es obligarnos como sociedad a examinar con todo cuidado decisiones como ésta que nos ocupa y preocupa. Los juicios de amparo nos servirán muchísimo para este propósito. Al final, independientemente de las conclusiones a las que lleguen los juristas, lo importante será que como sociedad habremos hecho escuchar nuestra opinión”.