Usted está aquí: jueves 6 de diciembre de 2007 Política Rechaza la Corte pronunciarse sobre el amparo a Echeverría por genocidio

Consideran ministros que el tema no está acabado y que pueden retomar el caso

Rechaza la Corte pronunciarse sobre el amparo a Echeverría por genocidio

Se deja pasar la oportunidad de fijar criterios sobre este delito de lesa humanidad: José Ramón Cossío

Un tribunal colegiado penal resolverá la situación del ex presidente

Jesús Aranda

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ayer, en votación dividida (tres a dos), no conocer del amparo interpuesto por el ex presidente Luis Echeverría Álvarez relacionado con la acusación que pesa en su contra por el delito de genocidio. Con la decisión, el máximo tribunal dejó pasar la oportunidad de fijar criterios importantes sobre este delito de lesa humanidad, señaló el ministro instructor José Ramón Cossío.

De esta forma, será el quinto tribunal colegiado en materia penal el que determine la situación jurídica del ex mandatario y revise la resolución del 12 de julio pasado, en la que un tribunal unitario favoreció al ex mandatario en contra del auto de formal prisión por genocidio, con el argumento de que no quedó demostrada su responsabilidad en la matanza ocurrida el 2 de octubre de 1968 en Tlatelolco.

El ministro Juan N. Silva Meza apoyó el proyecto de Cossío, al considerar que este asunto era de “importancia y trascendencia” nacional e internacional, por lo que el máximo tribunal debía conocer del asunto.

Sin embargo, los ministros Olga Sánchez Cordero, Sergio Valls y José de Jesús Gudiño Pelayo consideraron que el caso no tenía la trascendencia jurídica necesaria para que lo conocieran los ministros.

Sánchez Cordero añadió que si bien se trataba de un asunto “de gran impacto y de gran trascendencia para todos los sectores de la sociedad”, por tratarse de un auto de formal prisión el asunto no está acabado y la Corte lo puede revisar cuando haya una sentencia definitiva de los tribunales.

Valls y Gudiño Pelayo argumentaron que cuando la SCJN resolvió la extradición del argentino Ricardo Miguel Cavallo y luego, cuando analizaron el halconazo, se fijaron criterios sobre genocidio y que por tanto no había interés jurídico alguno, desde el punto de vista de la constitucionalidad del mismo.

Silva Meza y Cossío refutaron infructuosamente esos argumentos al señalar que precisamente en el proceso penal contra Echeverría era evidente que el Poder Judicial no había adoptado un criterio definido sobre la aplicación aritmética de la prescripción del delito de genocidio, que es de 30 años.

Los jueces y magistrados federales no se han puesto de acuerdo y tan es así, que Echeverría ha sido juzgado con diferente rasero, lo que se ha traducido en sentencias contradictorias por el mismo motivo.

El proyecto de Cossío precisaba también que una de las razones para ejercer la facultad de atracción era para que la Corte se pronunciara “respecto de los elementos constitutivos del delito de genocidio” que le atribuye la Procuraduría General de la República (PGR) y para establecer si se acredita la probable responsabilidad del ex presidente por ese ilícito.

Por cierto, Echeverría alegó en su defensa ante el máximo tribunal que en 1968 no ocurrió ningún genocidio, como lo estableció la sentencia impugnada, y por lo tanto, no podían acusarlo de haber cometido un delito de esas características.

Los ministros de la minoría explicaron que la Corte “tampoco se ha pronunciado” sobre los elementos constitutivos del tipo penal de genocidio. Recordaron que cuando resolvieron el caso Cavallo, el pleno únicamente determinó que el genocidio no era un delito político y por ello procedía su extradición a España. “Pero en aquel momento no se realizó el estudio específico” del artículo del Código Penal que prevé el delito.

En la sesión, Cossío rechazó los argumentos respecto a que no había que atraer el asunto por tratarse de un auto de formal prisión; “hemos atraído en ocasiones anteriores casos similares y no veo por qué, no lo hagamos ahora”, insistió.

Sin embargo, la decisión fue tomada y será el quinto tribunal colegiado el que determine la situación legal del primer ex presidente mexicano que es llevado ante los tribunales.

 
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