La iniciativa plantea obligaciones para funcionarios
Proponen diputados dar rango constitucional a república laica
Los ocho grupos parlamentarios en la Cámara de Diputados presentaron ayer una iniciativa de reforma para plasmar el rango de la libertad de conciencia y la laicidad del Estado de manera explícita en la Constitución, al determinar que México es “una república laica”.
La propuesta considera incorporar un párrafo al artículo 40 constitucional para establecer la laicidad como uno de los cinco principios rectores del orden constituido y definirla como obligación de los funcionarios públicos, quienes estarían comprometidos a respetar escrupulosamente el Estado laico y la separación de la Iglesia.
En la iniciativa, leída en tribuna por la diputada Elsa Conde, de Alternativa, también se propone agregar dos párrafos al artículo 130 para garantizar que ningún gobierno podrá tener preferencia sobre alguna religión o convicción filosófica.
La legisladora explicó que la propuesta pretende elevar a rango constitucional las disposiciones de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como evitar que funcionarios públicos, como ocurrió con Carlos Abascal en Gobernación, expresen preferencia por determinada religión.
En los considerandos, la iniciativa plantea que “la separación entre el Estado y las iglesias ha sido una medida política importante, pero no suficiente para la autonomía de las decisiones políticas del Estado frente a las doctrinas religiosas y convicciones filosóficas específicas”.
Explica que la laicidad no implica la abolición de la religión, sino la libertad de decisión en esa materia, ni se pretende construir una ideología anticlerical. Así, se plantean cuatro adiciones a varios artículos de la Constitución.
Los diputados propusieron incorporar al artículo 40 constitucional el carácter laico entre los atributos fundamentales de la república, para que dicho apartado señale que “es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una república laica, representativa, democrática, federal, compuesta de estados libres y soberanos…”
El proyecto considera agregar un quinto párrafo al artículo 108: “las autoridades políticas federales, estatales y municipales deberán guiar su actuación respetando escrupulosamente, y salvaguardando en todo momento, la separación entre asuntos políticos y religiosos, entre aquellos relativos al Estado y las iglesias, y entre creencias personales y la función pública. El incumplimiento de esta obligación conllevará responsabilidad” en términos de la ley respectiva de los servidores públicos.
La iniciativa, que fue turnada a comisiones, considera agregar una fracción IV al artículo 109 para “aplicar sanciones administrativas a los servidores públicos que no respeten el carácter laico del Estado mexicano y violen las leyes correspondientes”.
Además, como parte de la consagración del principio de separación Estado-iglesias, se propuso agregar dos párrafos al artículo 130, en los cuales se señala de manera explícita la sujeción a la ley de las iglesias y agrupaciones religiosas, como la previsión de que en el Estado laico no podrá haber preferencia sobre alguna religión o convicción filosófica.
Se plantea que “los principios históricos de laicidad y de la separación del Estado y las iglesias orientan las normas contenidas en el presente artículo”, y que “las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley”.