Reforma constitucional en derechos humanos
La reforma constitucional en materia de derechos humanos es un tema que aparece constantemente cuando se habla de su situación en el país. Una reforma de este tipo ha sido recomendada por relatores, organismos internacionales y la sociedad civil desde hace un buen rato. Fue señalada como necesaria en el diagnóstico elaborado en el año 2003 por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH), y en el Programa Nacional en Materia de Derechos Humanos del año 2004, que pretendía orientar la política del gobierno en la materia.
Tanto el diagnóstico como el programa y sus posteriores evaluaciones fueron coincidentes en señalar que la Constitución requería de urgentes reformas, toda vez que el texto actual no es suficiente para proteger los derechos humanos de las personas. Ello no fue algo nuevo para diversos académicos y organizaciones civiles de derechos humanos, quienes desde hace años han sugerido e impulsado importantes iniciativas, al igual que para un gran número de legisladores y algunos partidos políticos. La reforma en este tema es necesaria porque nuestra Constitución, a pesar de que al momento de su publicación fue una de las más avanzadas en materia de garantías sociales, es ahora obsoleta tratándose de la integralidad de los derechos humanos y sus mecanismos de exigibilidad, y porque a pesar de que ha habido un buen número de iniciativas en el pasado reciente, las mismas no han prosperado y se han quedado “en la congeladora”, como se dice comúnmente.
Las razones por las que no han tenido éxito son diversas, pero no deja de resultar vergonzoso que nuestra Constitución, tantas veces manoseada con reformas para favorecer intereses particulares, no haya tenido reformas mínimas en temas de protección de los derechos fundamentales de los individuos y las colectividades.
El proceso que surgió a partir de la promulgación de la Ley de la Reforma del Estado abrió una oportunidad excepcional para que por fin éstas puedan ser aprobadas por el Congreso, toda vez que el grupo de trabajo encargado de las garantías sociales pondrá el tema sobre la mesa, con un término de tiempo para la conclusión de sus labores. Esto se conjuga, además, con el hecho de que se cuenta en la Cámara de Diputados y el Senado con comisiones dispuestas a impulsarlas en espacios distintos a los de la reforma del Estado.
Aprovechando estas circunstancias, un amplio grupo de académicos y organizaciones de la sociedad civil, respondiendo a una convocatoria de la OACNUDH, han elaborado una serie de propuestas que pueden servir de base para los trabajos de la reforma del Estado, toda vez que contemplan una reforma integral de nuestra Carta Magna bajo esta óptica, teniendo en cuenta los estándares más altos en la materia.
La calidad de esas propuestas está asegurada, pues han sido formuladas por especialistas de la academia y quienes han librado batallas legales por la defensa de los derechos humanos desde hace muchos años. Trabajaron, además, durante nueve meses en un solo proyecto que satisficiera las expectativas de todos. Es necesario que nuestros legisladores afronten ahora el reto que se les presenta, tomando decisiones valientes y comprometidas a favor de todas las personas en el país. Ello tiene que ver con la obligación que tienen de tomar en consideración las propuestas de la academia y de la sociedad.
Entre los puntos de este proyecto destacan la inclusión del concepto de derechos humanos en el texto constitucional, entendidos como derechos fundamentales que deben ser respetados tanto por el Estado como por los particulares, así como la inclusión de mecanismos para su justiciabilidad mediante el amparo, considerando asimismo la posibilidad de amparos colectivos, y optimizando también este juicio como medio de defensa de los llamados “derechos difusos”.
Igualmente, el reconocimiento de la jerarquía constitucional de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por México, y del principio pro homine, según el cual se debe preferir, privilegiar o favorecer la aplicación de aquella norma que otorgue mejor protección a los derechos de las personas, así como importantes propuestas en cuanto a derechos sexuales y reproductivos. Se pone especial énfasis en explicitar condiciones de equidad entre las mujeres y los varones, y el proyecto es muy claro en cuanto a no permitir la discriminación por ningún motivo.
A todo ello hay que añadir la prohibición explícita de la tortura, la prohibición de la pena de muerte y de la desaparición forzada de personas, así como el reconocimiento y garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
No debe dejar de mencionarse la inclusión explícita de la garantía de audiencia en los procesos de expulsión de extranjeros, la perspectiva de género y la explicitación de la tutela de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.
Éstos, entre otros muchos, que también tienen que ver con los derechos de los migrantes, los derechos laborales, los derechos de los extranjeros en el país, la educación con perspectiva de género y la laicidad del Estado, son temas necesarios para que nuestra Carta Magna sea efectiva en cuanto a la protección de las personas. Confiamos en que los legisladores actuarán de forma responsable.