Usted está aquí: sábado 6 de octubre de 2007 Política Autoridades deben presentar a eperristas desaparecidos: ONG

Fallo judicial sobre dos amparos promovidos

Autoridades deben presentar a eperristas desaparecidos: ONG

Emir Olivares Alonso y Octavio Vélez A. (Reportero y corresponsal)

La Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) informó que la justicia federal ordenó al presidente Felipe Calderón Hinojosa, al gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz; a la Secretaría de la Defensa Nacional; a las procuradurías General de la República y de Justicia de Oaxaca; al Centro de Investigación y Seguridad Nacional, y a la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada que “de inmediato” cese la desaparición o, en su caso, se presente con vida en 24 horas a los dos integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) cuyo paradero se ignora desde el pasado 25 de mayo.

La Limeddh afirmó que luego de que se promovieran sendos juicios de amparo contra la desaparición forzada de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo o Andrés Reyes Amaya (los dos eperristas), en ambos casos dos jueces distintos ordenaron la presentación inmediata.

En el caso de Cruz Sánchez, el juzgado cuarto de distrito con sede en Oaxaca ordenó el pasado miércoles a las autoridades mencionadas que la desaparición forzada “cese de inmediato y lo hagan aparecer, ya que el acto reclamado es de naturaleza continua, pues subsiste mientras la autoridad lo mantiene oculto o en el anonimato y cesa cuando éste aparece o se establece cuál fue su destino”.

Al resolver el expediente 1174/2007, el juzgador decretó “de plano la suspensión de oficio respecto al acto reclamado consistente en la desaparición forzada de Gabriel Alberto Cruz Sánchez, contra actos del presidente de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades”.

A finales de septiembre, otro juzgador federal, el segundo de distrito con sede también en Oaxaca, ordenó lo mismo en el caso de Edmundo o Andrés Reyes Amaya, el otro eperrista desaparecido.

Adrián Ramírez, presidente de la Limeddh, resaltó la importancia del fallo judicial, debido a que “es la primera vez que se habla del delito de desaparición forzada y que por ello se otorgan amparos”.

En tanto, en conferencia de prensa en Oaxaca, la dirigente de la filial de esa ONG en el estado informó que su agrupación inició una línea jurídica estratégica para la judicialización de este crimen de lesa humanidad a petición de los familiares de los eperristas, por lo que en primera instancia se presentó un recurso de garantías en favor de ambos sujetos por la violación al artículo 22 de la Constitución, para corroborar si estaban privados de su libertad e incomunicados ilegal o legalmente.

El procedimiento judicial se suspendió debido a que las autoridades correspondientes negaron haber detenido, incomunicado y torturado a los dos eperristas; ante esta situación, la Limeddh tramitó sendos amparos por el delito de desaparición forzada, que se resolvieron en favor de los desaparecidos.

La ONG celebró esta resolución y se dijo a la espera de los informes de varias de las autoridades señaladas en el caso de Reyes Amaya, pues pese a que su amparo se resolvió hace un par de semanas, aún faltan servidores públicos por emitir los informes ordenados.

En un comunicado, la Limeddh indicó que tras las resoluciones judiciales “es claro que la desaparición forzada en que actualmente el Estado ha colocado a Cruz Sánchez y Reyes Amaya contravienen plenamente las obligaciones que México se obligó a cumplir cuando firmó y ratificó, el 9 de abril de 2002, la Convención Americana sobre Desaparición Forzada de Personas”.

Por ello, exigió la presentación inmediata de ambos y que en su caso se informe a la “brevedad” el lugar donde se les mantiene ocultos o en el anonimato.

 
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