Atrae recurso que interpusieron agricultores de Tamaulipas
Evaluará la Corte compromiso de México para entregar agua a EU
Ampliar la imagen Quinientos 10 millones de metros cúbicos de agua, la cantidad que el gobierno mexicano pretende entregar a los estadunidenses. En la gráfica, el río Bravo Foto: J. Guadalupe Pérez
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ejercer su facultad de atracción para resolver un recurso de revisión, presentado por agricultores de Tamaulipas –quienes tienen concesiones para utilizar agua del río Bravo–, en contra de la propuesta del gobierno mexicano de entregar el líquido a Estados Unidos en cumplimiento del Tratado sobre Distribución de Aguas.
A petición del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, la Corte analizará el cumplimiento de las autoridades nacionales del tratado que regula la distribución de agua para los dos países, al considerar que se trata de un asunto de vital importancia, porque tiene que ver con la entrega del líquido (510 millones de metros cúbicos), lo cual excedería –según los quejosos– la cantidad pactada.
Los ministros revisarán, por un lado, el cumplimiento del Tratado sobre Distribución de Aguas Internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo, desde Ford Kidman, Texas, en Estados Unidos, hacia el Golfo de México, lo cual de por sí tiene trascendencia jurídica, porque el pleno determinará si el convenio, que data de 1945, es constitucional.
Por otro lado, como explicó el ministro presidente Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, “el pleno estará en posibilidad de establecer criterios novedosos que podrán ser útiles para resolver casos futuros”, en los que el ciudadano común pueda reclamar la constitucionalidad de un tratado internacional signado por nuestro país.
Esto aun cuando el demandante no padezca directamente por la aplicación directa del tratado, sino que, derivado de la acción, enfrente alguna consecuencia.
En este contexto, el pleno establecerá si los agricultores de la asociación civil Hidráulica Los Angeles y otras agrupaciones de campesinos tienen razón al reclamar que el convenio no establece la obligación de entregar el volumen de agua que pretende dar el gobierno mexicano y la fecha establecida.
En el amparo que fue interpuesto por los agricultores el 11 de abril de 2005, desechado inicialmente por un juez de distrito con el argumento de que los quejosos no tenían “interés jurídico”, se argumenta que “como consecuencia de la entrega de agua a Estados Unidos, las asociaciones se vieron afectadas, ya que la cantidad de líquido disponible para riego se ha visto limitada”.
La petición para ejercer la facultad de atracción, aprobada por unanimidad, fue hecha por el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, quien argumentó que el asunto tiene importancia en razón de los elementos “fácticos, sociológicos y agrícolas que se están dando en esa zona del país”.
En tanto, José Ramón Cossío añadió que el caso tiene importancia porque, en su caso, el pleno “podría llegar a determinar las condiciones de aplicación” de este tratado.
Agregó que el pleno también revisará el derecho que le confiere un título de concesión (en este caso, de los agricultores para utilizar el agua del río Bravo) a una persona para efectos de recibir determinadas cantidades de agua.
El problema radica, precisó, en establecer “cuáles son las condiciones de aplicación de estos 510 millones de metros cúbicos de agua que se están entregando a Estados Unidos en perjuicio, no estoy prejuzgando, de productores o de agricultores mexicanos”.