Legal, el uso de la banda presidencial el domingo: Valdez
La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales establece que el Presidente de la República “portará la banda presidencial en las ceremonias oficiales de mayor solemnidad”, y de forma obligatoria en la transmisión del Poder Ejecutivo federal; al rendir anualmente su Informe ante el Congreso de la Unión; en la conmemoración del Grito de Dolores, y al recibir las cartas credenciales de los embajadores y ministros.
El constitucionalista Clemente Valdez consideró que es válido que Felipe Calderón haya portado la banda presidencial durante el mensaje a la nación que dio a conocer el domingo pasado, ya que “difícilmente puede haber algo tan importante como esto; se trata de un Informe que da a la población”.
El constitucionalista añadió que al haber leído ante la nación la síntesis de su Informe, lo cual no pudo hacer en la Cámara de Diputados, hizo del acto en Palacio Nacional una ceremonia oficial. Es más, dijo, la Constitución tampoco precisa cuáles son las ceremonias oficiales a que hace referencia el artículo 35 de la legislación que regula el uso de la banda presidencial.