Usted está aquí: domingo 17 de junio de 2007 Capital Desde 2006, la Ssa aceptó realizar interrupción del embarazo en el país

El texto será entregado el martes próximo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Desde 2006, la Ssa aceptó realizar interrupción del embarazo en el país

El servicio se haría de acuerdo a las leyes de cada entidad, afirma borrador de documento contra acción de inconstitucionalidad

Se defenderá la competencia del GDF para promulgar reformas: Bonifaz

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

Ampliar la imagen Dos niños se divierten durante el acto en defensa de la despenalización del aborto, que organizó ayer la diputada Leticia Quezada en el jardín Hidalgo, en Coyoacán Dos niños se divierten durante el acto en defensa de la despenalización del aborto, que organizó ayer la diputada Leticia Quezada en el jardín Hidalgo, en Coyoacán Foto: Yazmín Ortega Cortés

La Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal (CJSL) tiene listo el borrador del documento que entregará el martes próximo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para responder al recurso de inconstitucionalidad contra las reformas de la Asamblea Legislativa (ALDF) que permiten la interrupción del embarazo antes de las 12 primeras semanas de gestación.

Leticia Bonifaz Alfonzo, titular de la dependencia, destacó del documento Informe que contiene las razones y fundamentos tendientes a sostener la validez de las normas generales impugnadas por el Procurador General de la República y por el presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el antecedente de que el gobierno de la República se obligó a disponer que todas las entidades del país establezcan condiciones específicas para prestar oportunamente los servicios de interrupción del embarazo en los términos establecidos en la legislación aplicable en cada una de ellas.

Explicó que en la parte argumental del federalismo, este antecedente, el cual consta en un oficio-circular, es importante "porque muestra que de un caso como el de Paulina en Baja California (a quien se le impidió su derecho de abortar un embarazo producto de una violación), que llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), se generó una obligación para el Estado mexicano, que mediante la Secretaría de Salud federal (Ssa) se instruyó que debe darse en todos los estados".

"Reconoce además el tema del aborto como un problema grave de salud pública, así como las graves consecuencias que traen obstrucciones indebidas respecto del aborto lícito. Es -apuntó- un precedente muy útil para que se vea cómo una postura más cerrada desde el punto de vista ideológico puede generar un efecto en una política pública, cuando esto no debería ser así".

El oficio-circular, de fecha 4 de abril de 2006, enviado por la entonces directora general del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva de la SSa, Patricia Uribe Zúñiga, a las 31 entidades y el DF, señala que "las instituciones públicas de salud tienen la obligación de prestar oportunamente los servicios de interrupción del embarazo en los casos, términos y plazos permitidos de acuerdo con la legislación aplicable en cada entidad federativa".

Establece además algunos criterios de atención e instruye a los secretarios estatales de salud y a las instituciones médicas de carácter federal a emitir los lineamientos específicos para la prestación de los servicios tendientes a evitar restricciones al "ejercicio del derecho a la interrupción legal del embarazo"

El documento, que prevé entregar a la Corte al medio día del martes, inicia con las consideraciones sobre la competencia del Gobierno de la ciudad, particularmente argumentar la competencia del titular del Ejecutivo local, Marcelo Ebrard Casaubon, de publicar y promulgar las reformas que aprobó la ALDF.

"Entramos a toda una discusión de lo que es el sistema judicial, las competencias del Distrito Federal, todo el tema de la legislación en materia de salud, si podemos o no hacer modificaciones a la Ley de Salud, esa es la parte más importante de competencias", señaló.

Posteriormente se introduce "lo que nosotros llamamos la ponderación de derechos", toda vez que ni la PGR ni la CNDH introducen el derecho de la mujer, lo cual resulta cómodo para ellos porque no tiene que confrontar nada, pero si se mete el derecho de la libertad de la mujer se tiene que entrar a un proceso de ponderación.

"Apoyado en ese proceso de ponderación, empezamos por ver que es persona humana, empezamos a hacer lo que se llama el absurdo en la argumentación jurídica, cómo puede llegar algo al absurdo y en consecuencia no vale su argumento", explicó.

Esto se apoya con disposiciones de organismos internacionales como la CIDH y la Corte Europea -México, al suscribir un tratado comercial con la Unión Europea, adopta una cláusula democrática con la que acepta la aplicación de algunos de los criterios de dicha Corte como parte del sistema jurídico mexicano-. Después de estas consideraciones, sigue la contestación a cada uno de los agravios planteados en ambos actos de inconstitucionalidad, tomando como base la de la PGR, que, comentó, tiene más contenido de controversia constitucional, al afirma que la ALDF invadió facultades del Congreso, cuando el Congreso, que tenía también la posibilidad de promover acción de inconstitucionalidad, no dijo nada.

 
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