Confirma la Corte pena para el tráfico de personas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que el tráfico de personas constituye "un negocio ilícito" que se genera a costa de los derechos humanos de los migrantes, por lo que está plenamente justificado que el castigo para ese delito sea de seis a 12 años de prisión y multa de 100 a 10 mil días de salario mínimo. Al negar un amparo directo en revisión a un traficante de indocumentados, los ministros confirmaron la constitucionalidad del artículo 138 de la Ley General de Población, que castiga la transportación oculta de extranjeros que carecen de documentación migratoria legal, porque esa acción tiene como propósito evadir la revisión migratoria de las autoridades correspondientes.