Propone el Centro Prodh realizar un tercer peritaje
Cuestionan la actuación de la CNDH en ataque a indígena
En el caso de la anciana indígena Ernestina Ascensión Rosario, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) rebasó los ámbitos de su competencia, pues si bien ha señalado las acciones y omisiones de las autoridades de Veracruz, investigó y determinó en torno al delito de violación, lo cual es una facultad exclusiva del Ministerio Público, consideró el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh).
Recordó que con base en el artículo 6 de la ley orgánica de la propia CNDH, la instancia "tiene facultades para conocer e investigar presuntas violaciones a los derechos humanos, pero no para determinar la existencia de un delito".
El Centro Prodh advirtió que la información hecha pública por el ombudsman nacional, durante su más reciente conferencia de prensa sobre el caso, no analizó las investigaciones realizadas por la procuraduría militar, pero sí desestimó la participación de militares en los hechos.
"Observamos que en los documentos hechos públicos no se incluyen ni analizan las investigaciones realizadas por la Procuraduría de Justicia Militar; sin embargo, sí se desestima la participación de elementos militares en los hechos", señaló la organización civil en un documento.
Aseguró que esta actitud por parte del titular de la CNDH es preocupante debido a que "puede responder a una intención de circunscribir el caso a los ámbitos locales, omitiendo informar sobre la actuación de las autoridades federales".
El Centro Prodh esgrimió las mismas declaraciones del ombudsman nacional durante la conferencia del pasado jueves: "Un hecho relevante es la declaración por parte de la CNDH de que solicitó información a la dirección general de Justicia Militar relacionada con las investigaciones llevadas a cabo por la Secretaría de la Defensa Nacional. En ese sentido resulta contradictorio que no se reporte qué datos proporcionó esa instancia, ni que se haya indagado sobre la averiguación previa 26ZM/04/2007 que la misma CNDH reporta".
Con estos hechos, prosigue la ONG en su análisis, el organismo encabezado por Soberanes "deslinda de responsabilidad alguna a la Sedena, sin aportar mayores datos, asumiendo como propias las declaraciones de dicha instancia".
Inclusive, el organismo civil de defensa de los derechos humanos subrayó que supervisar la actuación de la dependencia militar "sí entra en su ámbito de responsabilidad", de acuerdo con el artículo sexto de la ley orgánica de la CNDH.
Asimismo, agregó que es de llamar la atención "la prontitud" con la que el órgano autónomo intervino, opinó, concluyó y ofreció resultados "de forma expedita" sobre el caso, contrario a su actuar en otros conflictos en los que existían "ejemplos claros" de violaciones a los derechos humanos, como en Atenco y Oaxaca.
"En ambos casos existían elementos claros que requerían su pronta acción. (Por el contrario) en el primero -donde hubo dos muertes, tortura y violaciones sexuales- tardó cinco meses y 12 días en emitir una recomendación. En el caso de Oaxaca -donde hubo 26 muertos, torturas, violaciones sexuales y un prolongado conflicto político y social con grandes violaciones a los derechos humanos- la CNDH tardó nueve meses (contados desde el inicio del conflicto) en emitir un informe".
Tras realizar este análisis, la ONG concluyó que los resultados de la investigación sobre la muerte de la anciana de la sierra de Zongolica "reflejan un escrutinio exhaustivo para el caso de las autoridades de Veracruz y una confianza total en la buena fe y competencia por parte de las autoridades federales", por lo que cuestionó la actuación de la CNDH en este caso en particular.
Ante esto, propuso realizar de manera independiente un tercer peritaje como opción para brindar certidumbre a las víctimas y a la sociedad sobre la muerte y presunta violación sexual de la anciana.