La comisión no dio de alta en sus pensiones a trabajadora
Embargan cuentas de la CFE por negarse a acatar un laudo
La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) embargó dos cuentas bancarias de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) debido a que esta paraestatal ha cometido violaciones laborales al negarse a cumplir con un laudo emitido por esta instancia legal para que pague pensiones vencidas correspondientes de 1997 a 2004 a la periodista Maria Alicia Herrera Blanno, la cual la luchado durante varios años para que se le haga justicia laboral.
Herrera Blanno fue víctima de una negligencia médica la cual la incapacitó para trabajar de por vida, la sometió a un sufrimiento físico permanente y a un calvario legal en la búsqueda de justicia. Ella laboraba en la CFE cuando fue víctima de la negligencia cometida en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y después de una batalla legal de muchos años, que tuvo que sortear sola, logró obtener el veredicto favorable por parte de las autoridades tanto en la demanda que presentó contra el Seguro Social, como contra la comisión, la cual no ha querido a la fecha pagarle una pensión digna.
Sin embargo y pese a que la Junta falló en su favor para que se le pague 706 mil 543 pesos y las pensiones correspondientes por el periodo del 5 de mayo de 1997 al 15 de octubre de 2004, así como 30 días de salario, prima de antigüedad, pensiones que se hayan generado a partir de 2004 a la fecha, la representación legal de la CFE, a cargo de Rubelio Esqueda Llanes, se ha negado sistemáticamente a cumplir con esa resolución legal y no ha querido hacer justicia.
Esta representación tuvo que haber acatado el laudo desde el 6 de diciembre de 2006, y según el funcionario "está en trámite" el pago; sin embargo, esta posición la ha mantenido desde hace varios años para no cumplir con las resoluciones legales que han favorecido a Alicia Herrera, según informó la propia afectada.
Por este motivo, la actuaria Griselda Silva Pineda procedió a embargar las cuentas de cheques números 402109218-4 y 401456332-4 a nombre de la Comisión Federal de Electricidad y correspondientes al banco HSBC para garantizar el pago decretado para este caso.
El embargo, según establece en el acta levantada por el expediente 238/1997, solicita se trabe únicamente el monto para pagar dicha condena, así como los intereses que deberá pagar la CFE por no cumplir con el laudo dentro de las 72 horas que establece el artículo 945 de la ley laboral y los gastos de ejecución.
Inclusive si las cuentas bancarias fueran cambiarias o se modificara el titular de las mismas, el embargo se haría a toda la empresa, según señala el documento levantado con este embargo.
De igual manera, la actuaria dejó establecido que la CFE debe dar cumplimiento a la determinación de la JFCA para que dé el alta a Herrera Blanno como pensionada y que de lo contrario se aplicarán medidas de apremio previstas en la ley según los artículos 940, 956, 731 y 732 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que ahora tendrá que cumplir esta paraestatal con un asunto de justicia laboral que debió haber realizado hace más de 10 años, según esta acta levantada.