"Inconstitucional, el artículo 94 de los estatutos de AN", dice
Ordena el TEPJF reinstalar a líderes panistas en BCS
Al resolver un recurso de la dirigencia estatal del PAN en Baja California Sur que impugnó la decisión de la dirigencia nacional de removerlos por presuntas irregularidades, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideraron inconstitucional el artículo 94, párrafo I de los estatutos panistas, que permite esas decisiones a nivel central. Por ello determinaron restituir a los dirigentes desplazados de sus cargos.
En sesión pública, los magistrados refirieron que los partidos no pueden quedar al margen de disposiciones constitucionales y legales que apuntalan las normas democráticas y, en especial, la certeza de cada una de las decisiones.
En tal circunstancia, al valorar la impugnación que hizo Héctor Jiménez Márquez, como parte de la dirigencia panista surcaliforniana, los magistrados estimaron que el Comité Ejecutivo Nacional panista omitió fijar parámetros para calificar las circunstancias transitorias que afectaban la estructura y el funcionamiento del Comité Directivo Estatal del PAN.
Como magistrado ponente, Constancio Carrasco Daza explicó durante la sesión que el citado artículo 94 favorece decisiones discrecionales de la dirigencia nacional panista, las cuales deberían ceñirse a los límites que estipula la Constitución y la legislación en la materia.
Los magistrados sustentaron su interpretación de declarar inconstitucional una parte del estatuto panista en función de que no se trataba de interpretar la constitucionalidad de una ley -facultad exclusiva de la Suprema Corte de Justicia de la Nación- sino de un estatuto.
Al respecto, el magistrado presidente, Flavio Galván, dijo que una de las finalidades que tiene el Sistema de Medios de Impugnación se refiere precisamente a garantizar la constitucionalidad de actos y resoluciones en la materia. En este sentido, Alejandro Luna Ramos aseveró que si una regulación partidista deja al arbitrio exclusivo de una dirigencia nacional diversas decisiones, puede conducir a "abusos o simplemente a caprichos de la autoridad".
Por otra parte, los magistrados determinaron que las instancias competentes del PRI en Chiapas deberán volver a revisar y sustentar los argumentos que los llevaron a expulsar de ese partido a Jorge Kánter, a quien responsabilizan de haber apoyado la campaña de la Coalición por el Bien de Todos y de su candidato, Juan Sabines.
Propondrán adecuaciones a reglamento del blanquiazul
La dirigencia nacional del PAN señaló anoche que la asamblea nacional del partido se realizará en junio próximo, en la que se analizarán y propondrán adecuaciones a los estatutos.
El anuncio de la cúpula panista tuvo lugar luego de que la sala superior del TEPJF declaró inconstitucional un artículo que permite al Comité Ejecutivo Nacional sustituir dirigencias estatales con delegaciones.
El blanquiazul manifestó respeto por la determinación del tribunal, aunque destacó que el artículo revocado forma parte del estatuto de 1979. En los 28 años anteriores no ha sufrido modificación alguna y así fue aceptado por el Instituto Federal Electoral en junio de 2004.
En un escueto comunicado de prensa, recordó que el único órgano facultado para modificar el estatuto es la asamblea nacional, que se reunirá en junio próximo.
Con informacion de Georgina Saldierna