Despenalizarán calumnia y difamación
Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos del Senado aprobaron ayer despenalizar la calumnia y la difamación -delitos de opinión-, que en adelante se dirimirán por la vía civil. De esta forma, los periodistas y comunicadores no estarán ya expuestos a ir a prisión, pero deberán reparar el "daño moral" por la vía económica en caso de divulgar información de un hecho cierto o falso que cause deshonra, perjuicio o exponga "al desprecio" a un tercero.
La reforma establece que "la reproducción fiel" no configura el daño moral, aun en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona, siempre y cuando "se cite la fuente de donde se obtuvo".
La minuta, proveniente de la Cámara de Diputados, que estaba en el Senado desde abril del año pasado, fue aprobada con cambios mínimos por las comisiones dictaminadoras, ya que se mantuvo la determinación de derogar del Código Penal Federal los artículos que aluden a los delitos de calumnia y difamación.
En la exposición de motivos, los senadores retomaron los argumentos de los diputados de que la libertad de expresión debe ser protegida por el Estado, ya que se trata de "un derecho esencial de la democracia", que tiene como límites los valores que la propia Constitución señala.
Por ello avalaron que sean los jueces civiles quienes resuelvan si los periodistas y comunicadores, o alguna otra persona, lesionan derechos de terceros, cometen algún delito o perturban el orden público al difundir cierta información u opiniones. La minuta deroga los artículos 350 al 363 del Código Penal Federal y modifica los artículos 1916 y 1916 bis del Código Civil Federal, para definir qué conductas se considerarán ilícitas y estarán sujetas a la reparación del daño:
El que comunique a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de alguien. Igualmente, el que impute a otro un hecho indeterminado y calificado de delito por la ley, si este hecho es falso, o es inocente la persona a quien se le imputa.
El que presente denuncias o querellas calumniosas, el que ofenda el honor, ataque la vida privada o la imagen propia de una persona. Se establece en el dictamen que la reparación del daño moral en todos los casos anteriores incluirá la obligación de rectificar o responder la información difundida en el mismo medio en que fue publicada y con el mismo espacio y la misma circulación o audiencia, además de una indemnización económica.
Se precisa que la reproducción fiel de información no da lugar al daño moral, aunque afecte el honor de alguna persona, siempre y cuando se cite la fuente de donde se obtuvo.
"En ningún caso se considerarán ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria, artística, científica o profesional", y tampoco se considerarán ofensivas "las opiniones desfavorables realizadas en cumplimiento de un deber o ejerciendo un derecho cuando el modo de proceder o la falta de reserva no tenga un propósito ofensivo". La minuta podría pasar hoy al pleno para su primera lectura.