Es imposible restituirles el goce de garantías a los demandantes, argumenta un juez
Condenados al fracaso, amparos solicitados por narcos extraditados a EU
Osiel Cárdenas, Gilberto Garza y Rafael Arellano Félix, entre los afectados
En lo que representa el primer precedente judicial relacionado con una decena de amparos solicitados por capos mexicanos ligados al narcotráfico que recientemente fueron extraditados a Estados Unidos, un juez federal de la ciudad de México desechó ayer una demanda de garantías presentada por Gilberto Garza García, considerado por la Procuraduría General de la República (PGR) uno de los principales operadores del cártel de Juárez.
Hace un par de semanas, el presunto narcotraficante firmó su petición de amparo desde la cárcel de Houston, Texas, donde se encuentra recluido desde el pasado 20 de enero, luego de haber sido extraditado desde México, a pesar de que en nuestro país tenía dos procesos penales abiertos y cumplía una sentencia de más de 30 años de prisión.
De acuerdo con fuentes judiciales, el juez 11 de distrito en materia de amparo, Jacinto Figueroa Salmorán, desestimó la demanda de garantías tras considerar que su extradición es un "acto consumado".
Inclusive, el juzgador precisó que de nada le serviría a Garza obtener un amparo, porque ya es imposible restituirle el goce de las garantías individuales que el gobierno del presidente Felipe Calderón pudo violarle al momento de entregarlo en extradición de manera irregular.
Documentos confidenciales de la PGR indican que Gilberto Garza García, originario de Reynosa, Tamaulipas, forma parte de la organización delictiva de los Carrillo Fuentes, a la cual estaba ligado al ex gobernador de Quintana Roo Mario Villanueva Madrid.
Garza García se encargaba de introducir a Houston, Chicago y Nueva York cocaína proveniente de Colombia. El 23 de enero de 1999 fue detenido en isla Margarita, Venezuela, en un operativo conjunto entre la agencia antidrogas estadunidense (DEA, por sus siglas en inglés) y policías mexicanos y venezolanos. Es señalado en México como presunto responsable de violar la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, delitos contra la salud, acopio y uso de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército y lavado de dinero.
En 2000 fue declarado culpable de los delitos antes mencionados y sentenciado a 33 años de prisión, así como a pagar una multa equivalente a 3 mil 600 días de salario mínimo. Debido a una orden de aprehensión en su contra en Estados Unidos, la Secretaría de Relaciones Exteriores acordó en enero pasado con el gobierno de esa nación extraditarlo para que fuera juzgado en el vecino país.
Inconforme con su extradición, Garza García pidió desde Estados Unidos su petición de amparo a la justicia federal mexicana para solicitar que por esa vía las autoridades mexicanas tramiten su regreso a México.
Otros capos del narcotráfico, entre ellos Osiel Cárdenas Guillén, Francisco Rafael Arellano Félix y Juan García Abrego, también mantienen abiertos juicios de amparo similares para exigir su retorno al país.
Según consta en el expediente 148/2007, Garza García argumentó que el presidente Felipe Calderón; autoridades de la PGR, de la cancillería mexicana, así como una juez federal en materia de procesos penales federales violaron en su perjuicio los artículos 14 y 16 constitucionales, ya que "me entregaron al gobierno (estadunidense) en contravención al Tratado de Extradición firmado entre México y Estados Unidos".
En respuesta, el juez Figueroa Salmarán determinó ayer desechar la petición de amparo de Garza García, "en virtud de que son actos consumados de un modo irreparable, entendiéndose por tales aquellos en los que habiéndose emitido o ejecutado, al otorgarse la protección constitucional sea materialmente imposible restituir al quejoso en el goce de la garantía individual violada.
"El objeto del amparo es volver las cosas al estado que tenían antes de la violación reclamada; en este caso, la violación se traduciría en que el quejoso se encuentra privado de su libertad en territorio (estadunidense), y lo que se requiere para resarcir el goce de sus garantías individuales es que fuera devuelto a territorio nacional, lo cual es imposible porque el impetrante de garantías ya ha sido físicamente entregado a aquél gobierno extranjero", puntualizó el juzgador.