Inconstitucionales, exámenes sicológicos, pues violan la intimidad, consideran
Deficientes concursos de oposición en el CJF, opinan ministros de la Corte
Para la mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) ha tenido una actuación deficiente en la aplicación de los exámenes de oposición de magistrados y jueces federales.
En ese contexto, en reunión privada, hubo pronunciamientos de total rechazo al acuerdo general 64/2006, que establece las bases de los concursos de oposición para los cargos de juzgadores federales y prevé la aplicación de exámenes sicológicos a los aspirantes; contempla que sea un jurado calificador el que decida, además de que en ese examen no se toman en cuenta los antecedentes ni el entorno laboral de los aspirantes.
Luego de que el CJF emitiera su acuerdo general, en respuesta a las críticas que hace unos meses hizo el ministro Juan N. Silva Meza contra los concursos de oposición -en los que el grado de reprobación ha sido sumamente alto, sin que ello signifique necesariamente que queden los mejores-, los ministros, con base en sus atribuciones constitucionales, iniciaron la revisión de ese documento.
Ayer, en sesión privada, hubo severas críticas a los requisitos establecidos por los consejeros.
De entrada, el punto más controvertido se refiere a la aplicación de la "evaluación profesional y científica de la personalidad", el cual consiste en que los aspirantes acepten un examen ante una institución reconocida que permita "advertir la capacidad de abstracción que posee un individuo, así como la detección de características de personalidad y problemas sicológicos que puedan interferir con el desempeño profesional y puedan incidir de forma determinante en su labor".
El texto precisa que se trata de establecer la existencia de posibles "prácticas antisociales, problemas familiares, baja autoestima, dificultades en el trabajo, autoritarismo, responsabilidad social, así como alcoholismo y otras adicciones".
Según los consejeros, la aplicación individual de exámenes sicológicos tiene el propósito de advertir las cualidades éticas de excelencia del aspirante, "para poder considerarlo poseedor de rasgos de personalidad idóneos, y con vocación de independencia, objetividad e imparcialidad, indispensables para desempeñarse como juzgador".
Sin embargo, la mayoría de ministros no piensa de esa manera, y trascendió que muchos consideran que la aplicación de esos exámenes es inconstitucional, porque violenta la intimidad personal.
Respecto al comité único de evaluación, hay ministros que consideran que para dar mayor transparencia al proceso de selección es importante que sean varios los consejos de evaluación, con el fin de que los resultados sean más objetivos.
Por otra parte, hay quienes consideran que el acuerdo impugnado adolece de una falla fundamental: no tomar en cuenta las opiniones de superiores, compañeros de trabajo, subordinados, familiares... en fin, de personas que constituyen el entorno de los juzgadores. El tomar en cuenta la opinión de quienes conocen a los futuros jueces y magistrados tendrá como resultado una mejor elección.
También hay ministros que consideran que debe hacerse una investigación profunda sobre la situación patrimonial de los aspirantes, para detectar oportunamente si existen indicios de corrupción.
Después de los cuestionamientos de los ministros, el pleno acordó continuar la discusión del tema la próxima semana.