Valida la Corte criterios de retiro en el TFJFA
La SCJN confirmó ayer la constitucionalidad del artículo 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA), que establece que cumplir 70 años de edad es causa de retiro forzoso de los magistrados de las salas regionales de dicho tribunal. Al negar ayer un amparo en revisión a un quejoso, quien argumentaba que se le discriminaba por haber cumplido 70 años de edad y pretender separarlo de su encargo, cuando a los magistrados de la sala superior no se les aplica la misma norma, la primera sala del máximo tribunal puntualizó que las condiciones de los magistrados de la sala superior del TFJFA y de una sala regional del mismo tribunal son distintas, lo cual se explica en las diferentes atribuciones legales de uno y otro, de modo que es factible que el legislador haya establecido lapsos de duración bajo criterios distintos. Además de que se busca garantizar la estabilidad en el cargo por un periodo cierto y objetivo, y permite la renovación de la plantilla de funcionarios judiciales.