Arranca el 1º de enero largo proceso para institutos que busquen contender en 2009
Se aprestan agrupaciones políticas a solicitar registro como partidos
El mes próximo comenzará el proceso de conformación de los nuevos partidos políticos que aspiren a contender como tales en las elecciones intermedias de 2009, de acuerdo con el instructivo aprobado por el Instituto Federal Electoral (IFE) en noviembre pasado.
Así, enero es la fecha del arranque de un largo proceso para la creación de nuevos partidos políticos, y algunas agrupaciones políticas nacionales tienen ya en cuenta las fechas fijadas por la autoridad electoral, por lo que no es casual que el pasado 9 de diciembre, con poco más de un año de conformada, la agrupación política Alianza Social realizara cambios en la estructura de su consejo político nacional.
Ese día Víctor García Lizama, ex presidente de la Junta de Asistencia Privada y hombre cercano a Víctor González Torres, rindió protesta como nuevo presidente de Alianza Social.
Tanto García Lizama como González Torres fueron duros críticos del IFE y su consejero presidente, Luis Carlos Ugalde, porque les negó la acreditación de votos en el rubro de candidatos no registrados.
Las modificaciones aprobadas por el Congreso de la Unión establecieron que la única ruta para conformar nuevos partidos políticos es por conducto de una agrupación política nacional. Esta reforma ya fue aplicada en el pasado proceso electoral, con Nueva Alianza y Alternativa Social Demócrata y Campesina.
El consejero electoral Marco Antonio Gómez Alcántar, presidente de la Comisión de Partidos Políticos y Prerrogativas del IFE, aseveró que el hecho de que el procedimiento se realice a partir de enero está vinculado con mayores controles de la autoridad hacia esas agrupaciones.
Señaló que ante la importancia que han cobrado estas organizaciones en el sistema político mexicano, en tanto que son la base para nuevos partidos políticos, existen mayor rigor en la verificación de la militancia, tanto de las agrupaciones políticas como de los partidos políticos cuando, en su caso, se conformen.
En años anteriores, el IFE encontró severas irregularidades en la acreditación de la militancia, al punto de que se detectaron doble militancia en agrupaciones políticas diferentes o en una de estas asociaciones y un partido, lo cual ya fue prohibido por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Vida efímera
La consecuencia lógica de esas irregularidades aseveró el consejero es que prácticamente todos los nuevos partidos eran incapaces de mantener el registro en las urnas, con lo que tenían una vida efímera, con el consecuente impacto financiero para el erario.
Los nuevos controles establecidos por el IFE permiten tener mayor rigor en este procedimiento; de ahí que se hayan fijado plazos más amplios para el procedimiento. El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) establece que las agrupaciones políticas nacionales que pretendan contender como partidos tendrán de plazo para solicitar el registro respectivo entre el primero de enero y el 31 de julio del año siguiente a la elección.
El instructivo aprobado por el Consejo General del IFE el 30 de noviembre pasado señala: "el número total de afiliados con que deberá contar una agrupación política para ser registrada como partido político nacional en el año 2008, en ningún caso podrá ser inferior al porcentaje del padrón electoral federal señalado en el artículo 24 0.26 por ciento, el cual corresponde a 186 mil 500 afiliados para el proceso de registro de partidos políticos en 2007-2008".
De acuerdo con el Cofipe, las agrupaciones políticas nacionales deberán contar con 3 mil afiliados por estado en por lo menos 20 entidades, o 300 en al menos 200 distritos uninominales, quienes deberán contar con credencial para votar.
El instructivo señala que en las asambleas estatales o distritales que se celebren estarán presentes funcionarios del IFE, y el organismo resguardará la documentación con que se acredite la militancia para en su momento verificar su validez.
El instituto electoral se reserva la atribución de fijar procedimientos de verificación adicionales con el fin de asegurar el cabal cumplimiento de todos los requisitos de ley por las agrupaciones.
Se añade que en ningún caso se considerarán válidas aquellas asambleas convocadas para fines diferentes a la conformación del partido.