Mínimo 3 meses de cárcel para delitos del fuero común en DF
La Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó jurisprudencia respecto a la pena mínima de prisión que puede imponerse en el Distrito Federal, para todos los que cometan delitos del fuero común, y será de tres meses de cárcel. Según decisión de la primera sala del máximo tribunal, el nuevo Código Penal para el Distrito Federal señala que la intención del legislador al fijar las penas y medidas de seguridad aplicables en esta entidad "fue que el mínimo de prisión fuera de tres meses en cualquier caso". Así, cuando un juez del fuero común individualice la pena privativa de la libertad no puede imponer una pena de cárcel menor a ese periodo. Esta regla es aplicable a delitos consumados, punibilidad de actos iíicitos culposos, de la tentativa y de la complicidad, entre otros.