Conclusiones de la comisión especial
Estas fueron las conclusiones de la comisión investigadora, en la que los magistrados Emma Meza Fonseca y Oscar Vázquez Marín enumeraron "violaciones a las garantías" que rebasaron los límites "de la casualidad", que, sin embargo, para el ministro Guillermo I. Ortiz Mayagotia no demostraron la existencia de violaciones graves:
* No se siguió el procedimiento normal para la denuncia.
* Las autoridades ministeriales actuaron con desacostumbrada prontitud.
* La orden de captura no se presentó directamente en la Dirección Jurídica de la procuraduría poblana, sino en la oficina de la procuradora.
* Con anterioridad a que se librara la orden de aprehensión, los abogados de Kamel Nacif e entrevistaron con el presidente del tribunal de justicia.
* Se comprobó que en la fecha en que se ordenó la captura de Lydia Cacho la juez recibió tres llamadas telefónicas del secretario adjunto del presidente del tribunal de justicia.
* Hubo cambio de adscripción de varias autoridades que intervinieron en el procedimiento contra la periodista.
* Esta comisión de magistrados, a lo largo de la investigación señaló las anomalías detectadas, llegando a la conclusión de que sólo se pueden explicar a partir de la contribución que existió de algunos funcionarios de la procuración y administración de justicia poblana, "existiendo, en consecuencia, la violación de las garantías individuales de la periodista, en específico la establecida en el artículo 17 de la constitución, consistentes en la independencia e imparcialidad de los órganos de justicia para impartirla en los términos que fijen las leyes, de manera pronta, completa e imparcial; así se rinde el informe para que la SCJN sea quien determine si hubo o no violaciones graves a las garantías individuales".
Jesús Aranda