Usted está aquí: lunes 18 de septiembre de 2006 Política Por error de la PGR, tres narcos están libres

Incumplió plazo de juez y absolvieron a delincuentes

Por error de la PGR, tres narcos están libres

Posible responsabilidad de Cabeza de Vaca y Vasconcelos

ALFREDO MENDEZ ORTIZ

Ampliar la imagen Uno o varios funcionarios de la dependencia incurrieron en posible falta de probidad o supuesta negligencia en el juicio seguido a tres presuntos narcotraficantes Foto: Archivo/La Jornada

La posible falta de probidad o presunta negligencia de uno o varios funcionarios de la Procuraduría General de la República (PGR), en un juicio que permitió a tres supuestos narcotraficantes de alta peligrosidad recuperar su libertad en marzo pasado, puede llevar al titular de esa dependencia, Daniel Cabeza de Vaca y/o al subprocurador de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), José Luis Santiago Vasconcelos, a enfrentar responsabilidades penales por la posible comisión del delitos contra la administración de la justicia, previstos en el artículo 225 del Código Penal Federal (CPF).

Documentos judiciales, que fueron entregados de manera anónima a la redacción de La Jornada, revelan que la PGR no corrigió en tiempo y forma las conclusiones acusatorias que requirió un juez federal de la ciudad de México para poder determinar jurídicamente cuál era el grado de participación de Miguel Angel López Valenzuela, El Güero Canelo; Fermín Fernández Gastélum y Edgar Ariel Lugo Altamirano en los presuntos delitos de delincuencia organizada y narcotráfico, motivo por el cual los procesados tuvieron que ser puestos en libertad.

La información refiere que el pasado primero de febrero Blanca Cantón Rivera, titular de la Unidad de Documentación y Análisis de la oficina del procurador de la República, recibió el oficio 325, firmado un día antes por el juez federal Alejandro Javier Hernández Loera y dirigido a José Luis Santiago Vasconcelos, en el cual se informa que le fue remitido un expediente relativo al proceso por delincuencia organizada y narcotráfico -que consta en la causa penal 65/2004-, con el propósito de que se corrigieran las conclusiones acusatorias contra los inculpados, a fin de que se les pudiera dictar la sentencia correspondiente.

"El juzgado 18 de distrito de procesos penales federales del primer distrito remite, en cinco tomos, original de la causa penal 65/2004-II instruida en contra de Fermín Fernández Gastélum y otros, por un delito contra la salud y otro, a efecto de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 294 y 295 del Código Federal de Procedimientos Penales", puntualiza el oficio enviado a la oficina del procurador Cabeza de Vaca.

El juez Hernández otorgó a la PGR 10 días hábiles para dar respuesta, tal como lo prevé la ley en materia penal, pero las autoridades ministeriales regresaron el expediente sin modificar las conclusiones, lo que permitió que la sentencia fuera absolutoria.

Se trata, según abogados penalistas y funcionarios del Poder Judicial Federal (PJF) consultados, de un presunto hecho delictivo que debe ser investigado "de oficio" por la PGR y que implica penas de tres a diez años de prisión, así como la inhabilitación para desempeñar cargos públicos de los servidores públicos que resulten penalmente responsables, tal como lo previene el artículo 225 del CPF.

En uno de los documentos entregados a este diario se incluye un acuerdo del juez Hernández Loera, titular del juzgado 18 de distrito en materia penal del Reclusorio Norte, emitido el 17 de febrero pasado, en el cual se destaca que la PGR no emitió nuevas conclusiones, lo que posibilitó que los inculpados recuperaran su libertad.

"Vista la certificación que antecede, se obtiene que conforme al proveído de 25 de enero del año en curso del primer tribunal unitario, se remitieron (el primero de febrero de 2006) al Procurador General de la República, con el proceso original mediante oficio 325, las conclusiones vertidas en el pedimento 322/2005 por el Fiscal Federal adscrito, al no cumplir con lo dispuesto por los artículos 292 y 293 del CFPP, y para los efectos de los numerales 294 y 295 del citado ordenamiento legal, recibidos el uno de febrero de 2006 en la PGR.

"Resulta evidente que el 16 de febrero transcurrió el término a que se refiere el artículo 295 del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que téngase por confirmadas las mismas conclusiones que el 22 de junio de 2005 presentó el Ministerio Público Federal adscrito al juzgado 18 de distrito, mismas que serán tomadas en consideración al momento de emitirse la sentencia", puntualiza el acuerdo.

Los tres presuntos narcotraficantes absueltos fueron detenidos en la ciudad de México en 2004, cuando realizaban una operación de compraventa de cocaína. Fueron acusados de delitos contra la salud, en su modalidad de posesión de cocaína con fines de comercialización y delincuencia organizada.

Aunque fueron sentenciados a siete años de prisión por el juzgado 18 de distrito, los tres inculpados apelaron del fallo y consiguieron por esa vía que el primer tribunal unitario ordenara al juez de primera instancia la reposición del procedimiento.

Fue por ese motivo que el juez Hernández Loera, para dar cumplimiento a la resolución del primer tribunal unitario, solicitó a la PGR que formulara nuevas conclusiones acusatorias, a fin de que precisara, entre otras cosas, cuál era el grado de participación de Miguel Angel López Valenzuela, Fermín Fernández Gastélum y de Edgar Ariel Lugo Altamirano en el supuesto intento de compra-venta de cocaína.

Después de 10 días hábiles no hubo respuesta de la PGR, por lo que el juez, ante esa omisión ministerial, ordenó la libertad de los acusados, el 8 de marzo pasado, resolución que meses más tarde fue confirmada por el primer tribunal unitario.

 
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