Quedaría en entredicho el cumplimiento de la ley por los ministros
Por "improcedentes", desechará la Corte peticiones de indagar violación del voto
Ampliar la imagen Luis Carlos Ugalde, titular del IFE; Mariano Azuela, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y Carlos Abascal, secretario de Gobernación, durante la sesión de ayer del tribunal electoral Foto: Marco Peláez
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechará hoy por "improcedentes" los dos recursos de reclamación interpuestos por ciudadanos, quienes solicitaron la intervención del máximo tribunal para investigar la violación grave del voto público cometida en la pasada elección presidencial.
Trascendió que en ambos casos los proyectos niegan la petición en razón de que los solicitantes no están acreditados legalmente para solicitar a los ministros que intervengan, además de que cuestionan al ministro presidente, Mariano Azuela, por tomarse atribuciones que no le corresponden.
Y aunque formalmente el pleno tendrá que pronunciarse acerca de si ejerce o no la facultad prevista en el artículo 97 constitucional para investigar si hubo irregularidades en los comicios del pasado 2 de julio -hasta ayer ninguno se había pronunciado por que se investigue-, al haber acudido este miércoles a la sesión en la que la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación entregó la constancia de presidente electo a Felipe Calderón, los ministros convalidaron de facto los comicios.
Es decir, explicaron fuentes judiciales, para la Corte el tema de la elección "sigue vivo", porque están pendientes de resolverse los dos recursos de reclamación en contra de la decisión de Azuela de desechar las peticiones para que alguno de los ministros le planteara al pleno abordar el asunto.
Formalmente, comentaron, cabe la remota posibilidad de que alguno de los integrantes del pleno haga suya la petición; con ello sería suficiente para que el asunto fuera turnado a uno de los ministros, con el objetivo de que elaborara el proyecto correspondiente.
Pero al asistir al tribunal electoral adelantaron en los hechos su criterio de que el 2 de julio no hubo violaciones graves al voto público y que, por tanto, la Corte no tiene por qué investigar.
De esa manera, se espera que sea una sesión de mero trámite la revisión de los recursos de reclamación (235/2006 y 252/2006), presentados por Humberto A. Rodríguez Carrillo contra el auto del 3 de agosto del ministro Azuela, y por Néstor de Buen en contra del desechamiento acordado por el ministro presidente el 17 de agosto pasado. Con este fallo se cerrará de manera definitiva la posibilidad legal de impugnar el triunfo de Felipe Calderón.
De acuerdo con funcionarios judiciales que no comparten la opinión mayoritaria del pleno de la Corte de que la elección presidencial fue constitucional, la decisión del TEPJF deja, al menos, dos preguntas sin respuesta: "¿Y la sanción para el presidente Vicente Fox, para los grupos empresariales y para los medios de comunicación masiva que propiciaron y patrocinaron los anuncios proselitistas que estaban prohibidos?
"¿No hay responsabilidad del presidente de la Suprema Corte al desechar la intervención de ésta en la petición popular sobre la violación al voto público (según el artículo 97 constitucional) sin consultar antes a los demás ministros sobre su personal decisión respecto a si era su deseo discutir sobre la intervención del máximo tribunal?"
Esto independientemente de que en los hechos el tribunal electoral reconoció que las intervenciones proselitistas del Presidente de la República y de los particulares poderosos son inaceptables, aunque no pusieron en entredicho el resultado final del mismo.
Esta será la segunda vez en que queda en entredicho el cumplimiento de la ley por los ministros. El anterior incidente ocurrió cuando el ministro presidente Mariano Azuela declaró en la Universidad Anáhuac que era improcedente la petición de que el máximo tribunal investigara -como lo solicitaron ciudadanos en lo individual- la presunta violación grave al voto público, al señalar que el artículo 97 constitucional era "totalmente anacrónico, obsoleto" y está "realmente redactado con los pies".
Además, adelantando su criterio sobre un asunto que la Corte iba a resolver, dejó en claro que en México hay un sistema judicial en el que existe un Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con facultades de órgano terminal, lo que cerraba las puertas a una eventual participación de la SCJN.