Notificación de la magistrada Alfonsina Berta Navarro en los estrados
Analizará el tribunal electoral las anomalías detectadas en el recuento
Hubo irregularidades en los 149 distritos que fueron revisados, afirma la coalición
En respuesta a la entrega de nuevos alegatos que hizo la coalición Por el Bien de Todos ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para que considere las irregularidades detectadas en los nuevos cómputos realizados en 11 mil 839 casillas, este martes comenzaron a colocarse notificaciones en estrados para informar que esa petición será analizada "en el momento procesal oportuno".
Según el escrito colocado en relación con seis juicios de inconformidad promovidos por la coalición, la magistrada Alfonsina Berta Navarro señala que de acuerdo con las manifestaciones que expone "se reserva para que, actuando de manera colegiada, de ser el caso, se decida lo conducente".
Apenas el sábado pasado la coalición entregó al TEPJF 149 escritos relacionados con igual número de distritos, donde los magistrados determinaron ordenar un recuento de paquetes ante los evidentes errores aritméticos.
En dichos escritos la coalición concluía que deberían anularse esas casillas ante las evidentes anomalías registradas, que según la ésta consistían en la apertura ilegal de paquetes electorales y bodegas en los consejos distritales, lo que evidenciaba -dicen los textos- su manipulación.
Sin embargo, en dichos documentos se añadía una conclusión: la manipulación de paquetes hacía imposible confiar en la certeza del recuento de votos, por lo que la decisión no podía ser solamente de ajuste matemático, sino debería llevar a los magistrados a concluir que ante la falta de certeza no era posible declarar la validez de la elección.
El escrito de la magistrada Navarro sólo habla de una decisión colegiada y que eso se analizará en el momento procesal oportuno, de lo cual se desprende que dicho análisis abordará ambos aspectos del nuevo alegato de la coalición.
Lo anterior se refuerza en función de que, de acuerdo con la jurisprudencia establecida, si bien la norma concedió a los magistrados electorales individualmente la atribución de llevar a cabo todas las actuaciones necesarias del procedimiento -que ordinariamente se sigue en la instrucción de la generalidad de los expedientes para ponerlos en condiciones de que el órgano jurisdiccional los decida en definitiva en las sesiones públicas-, también es cierto que en ciertos casos, en etapas previas, éstas deberán hacerse de manera colegiada.
Conforme a la jurisprudencia, estos casos se refieren a aquellas decisiones donde "se encuentren cuestiones distintas a las ordinarias o se requiera el dictado de resoluciones en la práctica de actuaciones que puedan implicar una modificación importante en el curso del procedimiento que regularmente se sigue, porque se necesite decidir respecto de algún presupuesto procesal, sin resolver el fondo del asunto ni concluir la sustanciación".
Por lo demás, este martes continuaron algunos requerimientos mínimos relacionados con listas nominales o la verificación de los ciudadanos que tienen el sello de voto en los citados listados nominales.