Ni el depuesto líder ni su familia delinquieron, el fallo
Juez de SLP exculpa de fraude a Gómez Urrutia
El fallo alcanza a otros dirigentes acusados por Elías Morales
Ampliar la imagen Napoléon Gómez Urrutia en enero de 2002, en entrevista con La Jornada Foto: Jesús Villaseca
El juez quinto penal de San Luis Potosí, José Armando Vera Fabregat, negó girar 20 órdenes de aprehensión contra el depuesto líder minero Napoleón Gómez Urrutia, su comité ejecutivo en el gremio, su esposa e hijos, al considerar que ninguno incurrió en hechos delictivos.
Al resolver el expediente que le consignó la procuraduría de San Luis Potosí por supuesto fraude en el manejo del fideicomiso minero, que se atribuye a Gómez Urrutia y otros integrantes del sindicato, el juez determinó negar las citadas órdenes. Según la resolución, tampoco podrán ser detenidos Juan Linares Montúfar ni Carlos Pavón Campos.
La resolución establece que los dirigentes del Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSRM) no cometieron ningún delito en el manejo del fideicomiso de 55 millones de dólares de esta organización, principal acusación que se ha hecho contra el líder.
El SNTMMSRM explicó que la negativa de las órdenes de captura alcanza también a otras personalidades de la ciudad de Monterrey, Nuevo León, como Eduardo Maíz Monfort, Jorge Claudio Leipen Garay y Alonso Ancira Elizondo -este último director de Altos Hornos de México-, a quienes se había relacionado en estas acusaciones con Gómez Urrutia.
Asimismo, Vera Fabregat negó las órdenes de aprehensión contra funcionarios de Scotiabank Inverlat que habían sido denunciados por los mismos hechos, ya que tampoco les encontró ninguna anomalía en el manejo del referido fideicomiso.
Cabe señalar que las acusaciones de malversación de dichos recursos fueron hechas por Elías Morales, el líder minero designado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y quien, durante años, fue brazo derecho del padre de Gómez Urrutia; al fallecimiento de éste disputó al hijo la silla de la secretaría general del gremio minero.
"El hecho de que el juzgador negara la procedencia de la acción penal que ejerció el procurador de San Luis Potosí, en el expediente 101/96/4, es considerado no sólo un logro de la defensa sino el reconocimiento judicial de que no se cometieron delitos financieros y patrimoniales, como han sostenido otros procuradores estatales", indicó el SNTMMSRM en un comunicado.