No cuentan con traductores los indios enjuiciados
Un derecho fundamental de todo indígena sometido a proceso legal o administrativo es contar con un traductor proporcionado por el Estado; sin embargo, a pesar de que la ley lo establece, en la mayoría de los casos esa garantía no se ejerce debido a la ignorancia de las autoridades, aseguró René Ramírez, presidente de la Organización de Traductores e Intérpretes Interculturales y Gestores en Lenguas Indígenas (OTIIGLI).
Como sustento de su afirmación, reveló que de los más de 10 mil indígenas presos en el país, "la inmensa mayoría" no gozó de ese derecho; y que tan sólo en el Distrito Federal existen 600 indígenas recluidos. Destacó que en México existen 62 grupos étnicos, por lo que no se trata de culturas que deben despreciar.
El activista señaló que para erradicar la discriminación y exclusión "es necesario institucionalizar los derechos y el ejercicio de la igualdad en la diversidad, en un marco jurídico justo y equitativo en que se practiquen nuestros derechos".
Mencionó que la OTIIGLI surgió por la necesidad de crear instrumentos concretos que permitieran el cumplimiento del derecho de todo indígena encausado a contar con traductor. Aclaró que esa garantía está considerada en México en el artículo 2 constitucional, fracción octava; y en el ámbito internacional lo marcan los artículos 8, 9, 10 y 12 del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la OIT.
En conferencia de prensa, Benedicto Ayala, fundador de la agrupación, dijo que el derecho positivo se contrapone con los usos y costumbres de muchas etnias del país, pues "cuando llegan a faltar a la ley, en ocasiones en sus usos son lo normal". Por ello, recomendó que además de los traductores, las autoridades garanticen que durante procesos judiciales se realicen peritajes multiculturales, que analicen el uso y costumbre del implicado y vayan más allá de una simple causa jurídica.
Destacó, por ejemplo, que en ciertos grupos el uso y transporte de hongos y peyote es parte de su cultura, pero que la ley lo tipifica como narcotráfico; en la región mixteca, el rapto es una forma de conseguir pareja, sin embargo, "la autoridad dominante" lo considera privación ilegal de la libertad.
Ambos activistas indicaron que la mayoría de los indígenas sujetos a procesos judiciales no entienden 100 por ciento el español, por lo que es necesaria la presencia de traductores; aunque en ocasiones se desconoce la lengua del presunto delincuente y se le asigna un intérprete que no le ayuda. Señalaron que es urgente que el Congreso trabaje, asesorado por grupos indígenas, en una legislación que garantice el derecho al traductor y a los peritajes.